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27/04/2024. 12:28:02

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¿Puede un funcionario denunciado, pero no sancionado, acceder a la información reservada cuando no forma parte del expediente disciplinario?

Gloria Sánchez Castrillo. Editora Content e-Learning en Aranzadi 

Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4.ª). Sentencia 1181/2023, de 25 de septiembre (JUR 2023, 364271)  

El Tribunal Supremo declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la Generalidad de Cataluña contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia, en la que se impugnó la resolución de la Dirección General de la Policía que desestimaba la solicitud de la recurrente, perteneciente al cuerpo de Mossos de Escuadra, para que se le hiciese entrega de una copia de la información reservada referida a una queja interpuesta que no dio lugar a expediente disciplinario.  

La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar el alcance del acceso a la información reservada cuando no forma parte del expediente disciplinario.  

Tal y como señaló el Juzgado al estimar la demanda, la información reservada tiene naturaleza de procedimiento administrativo, de manera que reconoce el derecho a obtener copia de la documentación integrante, en la medida en que obren sus datos personales, correspondiendo a la Administración demandada la aplicación, en la ejecución de la sentencia, de la normativa sobre protección de datos en relación a terceros.  

Es incuestionable, según sostiene el Tribunal, que, en el concepto de información reservada, se contienen datos que pueden ser de interés para la persona contra quien se abrieron diligencias previas, sin que se le pueda oponer que no es persona interesada o bien que dicha información no aparece fundamentada en el principio de publicidad.  

Considera el Tribunal que la sentencia objeto de casación interpreta de forma errónea que la información reservada se instruyó contra una persona en concreto, cuando precisamente su finalidad es determinar la posible existencia de una persona responsable a quien incoar un procedimiento sancionador.  

Concluye la Sala señalando el derecho de acceso al expediente disciplinario al funcionario que, habiendo sido denunciado y contra quien se haya incoado una información previa o reservada, no resulte finalmente sancionado.  

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