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04/11/2025. 16:03:36
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El Estado deberá indemnizar a un policía lesionado en acto de servicio aunque no haya delito ni agresor identificado

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  • El TSJ de Extremadura reconoce el derecho del agente a una reparación integral, valorada en 17.428 euros, por una fractura sufrida durante una intervención policial

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha reconocido el derecho de un agente de la Policía Nacional a recibir una indemnización por las lesiones sufridas durante una intervención, incluso sin que existan terceros condenados penalmente ni declaración de insolvencia. La resolución aplica el principio de indemnidad de los funcionarios públicos, que obliga a la Administración a compensar los daños sufridos en acto de servicio siempre que no haya mediado dolo o negligencia grave.

Según ha informado el sindicato JUPOL, cuyos servicios jurídicos representaron al agente, la sentencia supone un avance significativo en la protección jurídica de los policías, al establecer que el Estado debe asumir la reparación integral de los perjuicios derivados de su trabajo, incluyendo los daños físicos y morales. En este caso, el agente sufrió una fractura durante una intervención policial, sin que mediara agresión ni delito.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx considera que la reparación debe ser total e independiente de la existencia de procedimiento penal, lo que “supone un paso más allá” respecto a pronunciamientos anteriores. Con ello, el tribunal amplía el alcance del principio de indemnidad y consolida la obligación de la Administración de responder por los riesgos inherentes al ejercicio de la función pública.

En servicio y sin negligencia

El fallo anula la resolución de la Dirección General de la Policía que había denegado la indemnización y condena al Estado al pago de 17.428,50 euros más intereses legales. La sentencia reconoce expresamente que la actuación del agente se produjo en el marco de su servicio y sin negligencia alguna, tal como defendió el letrado Manuel Casero Rodríguez, responsable del servicio jurídico de JUPOL.

El sindicato valora esta resolución como un “hito en la protección jurídica de los policías nacionales”, al consolidar que cualquier lesión sufrida en acto de servicio debe ser compensada por la Administración, sin depender de la existencia de un procedimiento penal ni de la insolvencia de un agresor. Recuerda, además, que ya obtuvo fallos favorables similares en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aunque esta nueva sentencia amplía el criterio al reconocer indemnización incluso sin responsable penal.

Finalmente, JUPOL reitera su compromiso con la defensa de los derechos de los agentes y recuerda que ofrece defensa jurídica gratuita a todos sus afiliados, incluidos los policías en prácticas. El sindicato subraya que el principio de indemnidad es esencial para que ningún policía quede desprotegido ante los riesgos inherentes al cumplimiento de su labor pública.

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