LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

26/11/2025. 07:57:47
26/11/2025. 07:57:47

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

La Justicia gallega advierte a Vigo: el ruido de la Navidad no puede vulnerar los derechos de los vecinos

Legal Today
  • El TSXG estima el recurso de la afectada de un barrio del centro y recuerda que el Ayuntamiento debe garantizar el cumplimiento de los límites acústicos establecidos por la ley

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado al Ayuntamiento de Vigo que adopte las medidas necesarias para garantizar que el ruido generado durante las celebraciones navideñas no vulnere los derechos fundamentales de una vecina del Areal, un barrio del centro de la ciudad.

La Sala de lo Contencioso-administrativo, en su sección tercera, ha acordado continuar con la ejecución de la sentencia dictada en mayo de 2024, en la que ya condenó al consistorio vigués por vulnerar los derechos a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio de la demandante, debido al exceso de ruido registrado durante las fiestas de Navidad de 2022-2023.

En aquel fallo, los magistrados ordenaron al Ayuntamiento “adoptar las medidas necesarias” para evitar la repetición de esa conducta lesiva y asegurar que los niveles acústicos, tanto exteriores como interiores, no superasen los límites fijados por la normativa vigente. Además, el tribunal impuso al consistorio el pago de una indemnización de 600 euros a la afectada, cantidad que ya fue abonada.

La nueva resolución, notificada este lunes, estima el recurso de apelación presentado por la vecina contra un auto del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo, que había declarado cumplida la sentencia del TSXG.

El tribunal gallego revoca ese auto y ordena proseguir la ejecución de la sentencia, que «se ceñirá exclusivamente a la condena a la entidad local a garantizar que, en la zona donde reside aquella vecina, los niveles de ruido no rebasen los umbrales fijados en la normativa vigente». La decisión no es firme, ya que contra ella cabe recurso de casación.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.