El Alto Tribunal considera nulo el despido colectivo en cuyas negociaciones no se aporta la contabilidad real del grupo de empresas. En concreto, el Tribunal declara que si una empresa tiene contabilidad B, ello no es obstáculo para llevar a cabo un despido colectivo.

No obstante, cuando se siente a negociar con los trabajadores tiene que enseñársela. De lo contrario, la empresa no estará negociando de buena fe y, por tanto, el despido colectivo será anulado en los tribunales.
Abogado Socio director en LexaGo