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30/04/2024. 06:43:50

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La aplicación de políticas de igualdad en el Gobierno Corporativo

Rosa Sanz García. Abogada en Blas Camacho Abogados S.L.

En los últimos años los Criterios ESG (Enviromental, Social and Governance) han tenido un notable impacto tanto en el mundo empresarial como en las administraciones públicas, aunque tienen su origen varias décadas atrás, cuando en el año 1999 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) presenta los Principios para la Inversión Responsable.

Entre ellos, los Criterios Sociales tratan de mejorar las condiciones laborales y de respeto de los Derechos Humanos, concretamente mejorar la protección y promoción de la diversidad, igualdad e inclusión. La igualdad se trata de un derecho humano fundamental y así lo ha dispuesto la Constitución Española en su artículo 14, el Tratado de la Unión Europea (TUE) en su artículo 2 y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en su artículo 23 que dispone “La igualdad entre hombres y mujeres será garantizada en todos los ámbitos, inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución.

Sin embargo, hasta el momento no ha sido posible alcanzar la igualdad de oportunidades y derechos entre mujeres y hombres. Es por ello, que, con el objetivo de alcanzar dicho equilibrio, las políticas de igualdad de género han sido ampliamente demandadas por la sociedad para alcanzar un mundo pacífico y sostenible, estando la igualdad de género estrechamente vinculada con el desarrollo sostenible.

En concreto, se ha probado que el desequilibrio de género en las sociedades es mayor a niveles altos, es por ello, que, en un primer momento, se establecieron recomendaciones de gobierno corporativo, como la Recomendación 84/635/CEE del Consejo, que recomendaba acciones relacionadas con la participación activa de las mujeres en los organismos de decisión, y la Recomendación 96/694/CE del Consejo, que recomendaba aumentar la presencia de mujeres en todos los niveles de toma de decisión. Sin embargo, en determinados ámbitos se ha pasado de recomendaciones de gobierno corporativo (“soft law”) a la aplicación de “hard law” mediante imperativo legal.

Este cambio ha tenido lugar en la representación de los consejos de administración, en concreto, en la presencia de mujeres en los consejos de administración, ya que, aunque la proporción de mujeres en los consejos de administración ha aumentado en los últimos años, todavía sigue siendo inferior respecto del género mayoritario.

Es por ello, que con la finalidad de impulsar y apoyar el talento femenino a todos los niveles, permitiendo que mujeres cualificadas tengan la oportunidad de poder ocupar un puesto en el órgano de administración de una sociedad, y lograr así un equilibrio de género en los órganos de administración, se ha aprobado la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas.

Tras la Directiva se establece un porcentaje mínimo de representación del género minoritario en los órganos de administración de las sociedades cotizadas, con la finalidad de obtener decisiones más equilibradas y mejorar las competencias profesionales. Para ello, se establecen dos objetivos que las sociedades cotizadas deberán cumplir antes del 30 de junio de 2026: un porcentaje de presencia del género minoritario que representen como mínimo el 40% de los puestos de administradores no ejecutivos; y un porcentaje de presencia del género minoritario que representen al menos el 33% del total de puestos de administradores, ejecutivo o no ejecutivo.

En España, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 7 de marzo de 2023 el Anteproyecto de la Ley Orgánica de Representación Paritaria de Mujeres y Hombres en los Órganos de Decisión, como transposición de la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas, cuyo contenido trata de regular en nuestro ordenamiento jurídico el principio de igualdad, con la finalidad de conseguir el equilibrio de género en ámbitos tales como políticos, empresariales y económicos.

En el Anteproyecto de la Ley Orgánica de Representación Paritaria de Mujeres y Hombres en los Órganos de Decisión trata de conseguir dicho equilibrio de género no sólo en las sociedades cotizadas, sino también en grandes sociedades no cotizadas, que son aquellas que cuentan con más de 250 trabajadores o poseen una cifra anual de negocios superior a 50 millones de euros, entidades de interés público, colegios profesionales, y tribunales, jurados de premios y reconocimientos públicos.

Para que finalmente pueda tener lugar el equilibrio de género a niveles altos de las sociedades, en concreto, en los consejos de administración, tiene un papel muy importante la utilización efectiva de criterios para la selección de administradores, por lo que es imprescindible fomentar y ayudar a aquellas mujeres que avanzan hacía puesto directivos dentro de las sociedades. Para ello, la organización Women in a Legal Word (WLW) con la finalidad de alcanzar un equilibrio entre mujeres y hombres en el sector legal a todos los niveles, a través de excelentes profesionales trata de dar visibilidad de sus retos como altos cargos en importantes sociedades, y ayudar así a aquellas mujeres que avanzan a puestos directivos.

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