El Consejo General de la Abogacía Española ha aprobado hoy una circular interpretativa que regula la elaboración, firma y entrega de escritos jurídicos generados con asistencia de inteligencia artificial (IA) generativa. La medida busca clarificar las obligaciones de los profesionales ante errores derivados del uso de estas herramientas.
La circular explica que los errores producidos por sistemas de IA pueden generar responsabilidad profesional por falta de verificación y control. Se subraya que la IA es una herramienta auxiliar y no un sustituto del abogado: “La IA dista mucho de carecer de riesgos y, por tanto, no debe operar como un sustituto del profesional de la abogacía, sino como una función auxiliar, sujeta además a supervisión humana”, dice el texto. Asimismo, se recalca la necesidad de extrema diligencia: “El profesional de la abogacía debe actuar con el máximo celo y profesionalidad”.
Entre las recomendaciones del documento, el Consejo aconseja que los abogados conozcan a fondo las herramientas de IA, no utilicen resultados sin revisión completa y contrasten siempre con fuentes jurídicas fiables. La circular también enfatiza la importancia de la trazabilidad: documentar cuándo y para qué se ha usado la IA permite justificar decisiones y responsabilidades.
Según el Consejo, la infracción se consuma en el momento de presentar el escrito erróneo, aunque la corrección previa a la entrega puede evitar la responsabilidad: “La rectificación a tiempo del documento erróneo… podría impedir la consumación de la infracción de resultado, dado que el profesional sí ha realizado la tarea de control o verificación”.
Con este documento, el Consejo General de la Abogacía Española busca que los profesionales sepan adaptarse a los desafíos que plantea la IA en la práctica jurídica, reforzando la responsabilidad profesional, la diligencia y la integridad en el uso de nuevas tecnologías. “Va a ser una herramienta muy importante para dar seguridad al ciudadano, que acude a un profesional que está sometido a una potestad disciplinaria y que tiene un comportamiento ético”, ha afirmado Salvador González en un posterior encuentro con prensa.
Esta es la tercera circular deontológica aprobada por la Abogacía. La primera, publicada en noviembre de 2025, abordó el secreto profesional. Y la segunda, de enero de este año, aclaraba las infracciones y sanciones aparejadas al tratamiento incorrecto de fondos ajenos.

