LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

24/04/2024. 15:03:42

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

La plataforma eBay, condenada en Francia por la venta de falsificaciones

abogada del Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de GARRIGUES, Abogados y Asesores Tributarios

El pasado 30 de junio de 2008, el Tribunal de Comercio de París ha dictado una Sentencia por la que se condena a las sociedades eBay Inc. y eBay Internacional AG por responsabilidad extracontractual derivada de la venta de artículos falsificados a través de eBay.

La plataforma eBay, condenada en Francia por la venta de falsificaciones Modelo con bolso de Louis Vuitton

La plataforma eBay ha sido condenada en Francia por poner a disposición del público ofertas de venta de productos falsificados de la marca Louis Vuitton. Según se recoge en la propia resolución, eBay se ha convertido en la primera plataforma mundial de corretaje en subastas realizadas a distancia por vía electrónica, siendo, aproximadamente, más de 248 millones de usuarios los que acceden a la misma.

Para la demandante, eBay no estaría actuando con la diligencia que le debería ser exigible en tanto que acoge en sus páginas anuncios manifiestamente ilícitos, por cuanto lo que se ofrece a través de los mismos son artículos falsificados.

El Tribunal francés ha fallado a favor de Louis Vuitton, estimando parcialmente sus pretensiones económicas y condenando a eBay al pago de 7.920.000€ en concepto de remuneración indemnizatoria por la explotación culpable de los derechos del titular marcario, 10.260.000€ por reparación del daño a la imagen y 1.000.000€ por reparación del daño moral.

Asimismo, se autoriza a Louis Vuitton a que publique la sentencia en tres diarios de prensa francesa y/o internacional, y se condena a eBay a que publique la referida resolución durante tres semanas en las páginas web que explota.

Sin duda, el citado fallo es revolucionario no sólo por lo elevado de las cuantías indemnizatorias que se reconocen, sino también por cuanto ha sido un tribunal francés el que ha estimado que tiene jurisdicción para juzgar un asunto de marcado ámbito internacional, ya que no olvidemos que las sociedades eBay Inc. y eBay Internacional AG no tienen sede en Francia y que, evidentemente, los servicios que prestan lo son con carácter internacional, no limitándose su actuación al territorio francés.

A este respecto, las demandadas sostenían que la jurisdicción competente debería ser la americana en tanto que los anuncios litigiosos estaban alojados en servidores de eBay situados en Estados Unidos y, con carácter subsidiario, las jurisdicciones extranjeras de los países a cuyo público los anuncios estaban orientados, no siendo el público francés el destinatario de estos anuncios. 

Por el contrario, el Tribunal francés considera que desde el momento en que una página de Internet es accesible al público francés, los tribunales de dicho territorio son competentes para la reparación del daño ocasionado en Francia.

En consecuencia, el Tribunal se declara competente y entra a juzgar el fondo del asunto, estimando las pretensiones de LOUIS VUITTON en tanto que se considera que eBay no se limita a almacenar datos sino a ejercer una actividad de corretaje, la cual constituye su actividad principal, lo que le impide invocar el régimen de responsabilidad limitada reservada por el legislador al alojador, mero prestatario técnico.

El Tribunal considera que eBay es responsable en tanto que ha percibido comisiones sobre ventas litigiosas habiendo quedado probado que los anuncios de venta de determinados productos difundidos en las páginas de eBay se refieren a productos falsos, como incluso, en ocasiones, lo ponen de manifiesto los propios vendedores al hacer referencia a términos como el de "réplicas".

Por tanto, declara que las sociedades demandadas han cometido faltas graves al incumplir su obligación de asegurarse de que su actividad no generaba actos ilícitos en perjuicio de los intereses de la entidad Louis Vuitton.

Si bien es cierto que eBay cuenta con un programa denominado "Vero" y orientado a la detección de falsificaciones en el mercado, no parece que el mismo funcione como los titulares marcarios exigen. Los mismos reclaman la adopción de medidas de lucha eficaces contra la falsificación como, por ejemplo, obligar a los vendedores a declarar que garantizan la autenticidad de los productos puestos a la venta o incluso cerrar definitivamente la cuenta de cualquier vendedor desde la detección de la primera infracción. Es flagrante pensar que un mismo particular cuenta con decenas de bolsos originales para su venta.

En conclusión, es claro que esta sentencia revoluciona, aun más si cabe, el panorama de las nuevas tecnologías y la lucha contra la infracción de los derechos derivados de la propiedad industrial y la propiedad intelectual.

Aunque la resolución ha sido recurrida es evidente que abre la puerta a una posible lluvia de demandas.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.