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08/11/2024. 18:52:11
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El Boletín Oficial del País Vasco publica la Ley de Convocatoria y Regulación de una Consulta Popular

EP

El Boletín oficial del País Vasco (BOPV) publica hoy la Ley de Convocatoria y Regulación de una Consulta Popular, aprobada el pasado 27 de junio por el Parlamento vasco, que prevé que el lehendakari, Juan José Ibarretxe, convoque el próximo 15 de septiembre la consulta que prevé celebrar el 25 de octubre.

El Boletín Oficial del País Vasco publica la Ley de Convocatoria y Regulación de una Consulta Popular

El Gobierno del PSOE y el PP podrán, a partir de hoy, presentar el anunciado recurso a esta Ley ante el Tribunal Constitucional, ya que era precisa su publicación en el BOPV para poder impugnarla. Los partidos del tripartito, además de Aralar, están empezando a trabajar en las iniciativas que impulsarían en el supuesto de que finalmente se impida la consulta.

El texto fue aprobado con los votos de PNV, EA y EB, a los que se sumó un apoyo que EHAK prestó a esta iniciativa, lo que permitió que finalmente saliera adelante.

La norma publicada hoy establece que la consulta se desarrolle y realice en base a la Ley que rige las elecciones autonómicas vascas y prevé una campaña similar a la de los comicios al Parlamento vasco y las subvenciones para los diferentes partidos de cara a la celebración de la consulta, según los escaños que hayan obtenido en la Cámara autonómica. En ese sentido, el Consejo de Gobierno vasco del pasado 8 de julio autorizó una disposición de crédito global de presupuesto por un importe de 5,1 millones de euros, con el fin de atender las necesidades de crédito de pago del Departamento de Interior para la financiación de la ley de Consulta.

En el artículo único del documento se señala que, "en virtud de la presente autorización del Parlamento vasco", el lehendakari somete a consulta, con carácter no vinculante, dos preguntas.

La primera de ellas dice: "¿Está usted de acuerdo en apoyar un proceso de final dialogado de la violencia, si previamente ETA manifiesta deforma inequívoca su voluntad de poner fin a la misma de una vez y para siempre?", mientras que la segunda indica: "¿Está usted de acuerdo en que los partidos vascos, sin exclusiones, inicien un proceso de negociación para alcanzar un Acuerdo Democrático sobre el ejercicio del derecho a decidir del pueblo vasco, y que dicho acuerdo sea sometido a referéndum antes de que finalice el año 2010?".

El texto apunta que la consulta se celebrará 25 de octubre de 2008 y se convocará por el lehendakari el 15 de septiembre. Su desarrollo y realización se regirá por la vigente Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento vasco, "con unas adecuaciones", y señala que comprenderá a los partidos que tienen representación en la Cámara autonómica.

Asimismo, establece que la votación se realizará por medio de papeleta que contendrá impresas las preguntas de la consulta y con sobre de votación. La decisión del votante podrá ser "si" o "no", marcando en el recuadro correspondiente la opción elegida o bien, dejarlo en blanco.

La Ley afirma que, al no tratarse de una consulta por vía de referéndum, en cualquiera de sus modalidades, ni ser jurídicamente vinculante, "a dicho proceso consultivo no le resulta de aplicación de Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, ni tampoco precisa, por tanto, la previa autorización del Estado para su convocatoria. Por ello, defiende su legalidad y que "tiene plena validez política y social".

En el texto, se precisa que esta consulta habilitadora, "aun no siendo jurídicamente vinculante, tiene plena validez política y social para abordar e impulsar el fin definitivo de la violencia, así como para conocer el estado de opinión de la sociedad vasca al objeto de abrir un proceso de resolución definitiva del conflicto político, entre todas las partes implicadas y sin exclusiones".

SUBVENCIONES

En relación a los ingresos, gastos y subvenciones electorales, el proyecto de Ley indica que "la cantidad anticipada como subvención no podrá exceder en ningún caso del 75 por ciento del importe total de la subvención a que se tenga derecho", según la Ley de elecciones autonómicas.

Asimismo, dice que "el límite de los gastos electorales será el que resulte de multiplicar por 0,18 euros el número de habitantes correspondientes a la población de derecho de las circunscripciones donde presentaron candidaturas los partidos políticos, federaciones y coaliciones electorales" en los últimos comicios autonómicos.

La cantidad resultante de la operación anterior se podrá incrementar en razón de 173.590 euros "por cada circunscripción donde aquellos hubieran obtenido escaño en las citadas elecciones".

La cuantía de las subvenciones establecidas en la Ley se determinará en base al número de escaños y de votos obtenidos por los partidos políticos, federaciones y coaliciones electorales en las últimas elecciones al Parlamento vasco.

Los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de propaganda, sobres y papeletas o cualesquiera otros elementos de publicidad electoral, se subvencionarán con 300.000 euros para cada partido político, federación y coalición electoral con derecho a percibir subvención conforme a la presente Ley.

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