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29/03/2024. 07:57:40

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El Gobierno refuerza el control aduanero de productos textiles, calzado y juguetes extracomunitarios

EP

Un detallado listado de productos no alimenticios –entre los que figuran artículos textiles, calzado y juguetes– procedentes de países extracomunitarios, serán objeto de un control aduanero reforzado para ofrecer una "mayor protección" a los consumidores frente a potenciales riesgos derivados de la importación de productos no conformes con la vigente normativa de seguridad.

La medida, aprobada en el Consejo de Ministros a propuesta de los ministerios de Sanidad y Consumo; Industria, Turismo y Comercio; y Economía y Hacienda, se plasma en un Real Decreto por el que se adoptan medidas de control en esta materia.

En la rueda de prensa posterior al Consejo, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, destacó que de este modo se garantiza el cumplimiento de las normas de seguridad y señaló que, además de defender a los consumidores, se respalda la calidad de los productos españoles.

La lista de productos incluye textiles para el hogar; ropa interior, de trabajo y para niños; calzado; material eléctrico; y una larga relación de tipos de juguetes.

La norma está motivada por el aumento pronunciado y continuado del número de notificaciones de riesgo, la mayor parte de ellas referidas a productos importados de países extracomunitarios, efectuadas a través del sistema europeo de alerta rápida (Rapex), cuyo punto de contacto en España es el Instituto Nacional del Consumo.

Esta situación impulsó a las autoridades comunitarias a exhortar a los Estados miembros a que intensifiquen a nivel nacional sus esfuerzos de vigilancia aduanera y de mercado y que notifiquen los productos rechazados.

Por su parte, el Senado aprobó en marzo de 2006 una moción por la que se instaba al Gobierno a definir una relación de productos sensibles y a reforzar los mecanismos de control existentes en las aduanas españolas respecto de dichos productos, a través de la extensión de las competencias de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Esta demanda queda plasmada ahora en la nueva norma que refuerza las funciones y medios del servicio de inspección del Comercio Exterior (SOIVRE) de dicha Secretaría.

La norma exige a todo importador de las mercancías consideradas sensibles que facilite los medios necesarios y aporte los documentos, servicios y certificados que le sean solicitados para el mejor cumplimiento de las actuaciones de control, y, especialmente, que notifique los envíos que se pretenden importar.

Control físico de la mercancía

Esta notificación, que podrá ser realizada por vía telemática, habrá de hacerse con la suficiente antelación a la dirección territorial o provincial de Comercio correspondiente para que los servicios de inspección, si lo consideran necesario, puedan efectuar un control físico de la mercancía en los puntos de inspección habilitados y tomar muestras, si procede, para su análisis en el laboratorio. Este control se extenderá al del marcado y etiquetado que sean exigibles.

Si el producto se declara "no conforme", la aduana de despacho determinará el destino aduanero que proceda entre los contemplados en el Código Aduanero Comunitario, "a expensas y a cargo del importador, y se comunicará al Instituto Nacional del Consumo la información necesaria para adoptar las medidas adecuadas que impidan su puesta en el mercado".

El Real Decreto contempla también el establecimiento de cauces de colaboración para su cumplimiento entre los ministerios de Industria, Turismo y Comercio; de Sanidad y Consumo; y de Economía y Hacienda, en el ámbito de sus competencias.

Esta colaboración incluirá un intercambio rápido de información respecto a los productos señalados que puedan comportar un riesgo grave para la seguridad de los consumidores o usuarios, así como las coordinaciones y actuaciones que se estimen oportunas.

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