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15/10/2026. 08:39:15
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Entra en vigor la ley que reconoce a los funcionarios de prisiones como agentes de autoridad

EUROPA PRESS

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles la ley orgánica que reconoce a los funcionarios de prisiones como agentes de la autoridad. La norma, que entra en vigor este jueves, 15 de octubre, establece que deberán ser indemnizados por los daños sufridos durante el ejercicio de sus funciones.

Por tanto, la nueva ley modifica el artículo 80 de la ley orgánica 1/1979, concretamente los apartados dos y tres y añade el cinco, el seis y el siete. Lo que reconoce esta condición a todos los efectos legales.

Esta regulación permitirá a estos funcionarios identificarse mediante su número de registro profesional en los procedimientos de su actividad laboral.

Además de contar con la misma protección legal que el personal funcionario, con el fin de salvaguardar su integridad física en los procedimientos penales seguidos contra funcionarios de la administración penitenciaria, se garantizará su separación del resto de detenidos, así como la separación de otros reclusos en el caso de ingreso en prisión.

La necesidad de la nueva forma

El BOE recoge que la realidad penitenciaria y las diferentes respuestas habidas en el ámbito judicial respecto de la consideración de la condición de agente de la autoridad de los funcionarios y funcionarias penitenciarias, hace necesario mejorar y clarificar este aspecto legal.

Entre los argumentos que ha incluido el Gobierno en la exposición de motivos está el hecho de que delcarar a los funcionarios de prisiones como agentes de la autoridad, dará seguridad jurídica al trabajo que realizan éstos y evitará que se dicten decisiones judiciales dispares.

El texto que entrará en vigor un día después de su publicación en el BOE, es decir, mañana, señala que la reforma busca garantizar la protección de los funcionarios penitenciarios frente a los daños sufridos durante el ejercicio de sus funciones, evitando que tengan que asumir personalmente las consecuencias económicas cuando no haya mediado dolo, culpa o negligencia grave por su parte.

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