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25/04/2024. 13:54:08

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Hoy entra en vigor la reforma laboral

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Ayer se publicó el informe anual del Banco de España, que refleja el estancamiento de nuestra economía. El BE afirma que "la contratación temporal tiene un impacto negativo sobre la innovación empresarial".

La más importante de las emprendidas en los últimos 20 años, llevada a cabo por el Real Decreto Ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo entra en vigor hoy. Será tramitado como Proyecto de Ley, en el curso de cuyo proceso podrá experimentar variaciones en el articulado originario. Busca, según palabras de María Teresa Fernández de la Vega, reducir la temporalidad excesiva e incentivar los contratos indefinidos consiguiendo mayor estabilidad en el empleo y menos precariedad.

Una mano poniendo un ladrillo.

Hoy entra en vigor el Real Decreto que está copando la mayor parte de los espacios informativos y no de España.

¿Quiere leer el texto?

La reforma busca incrementar las posibilidades de adaptación de las condiciones de trabajo, incluidas las salariales, a la situación específica de las empresas a través de procedimientos de negociación entre empresarios y empleados, incluyendo el arbitraje voluntario.

Además, concreta de una manera más exacta las causas en el despido por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción; de modo que se incrementa la seguridad jurídica, amén de mantener las indemnizaciones a percibir por los trabajadores en caso de despido.

El Ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha matizado lo aprobado en Consejo de Ministros incluye algunas novedades respecto al documento hecho público, tal y como se preveía. Entre ellas:

  • el abono de ocho días de la indemnización por despido por parte del Fondo Garantía Salarial (FOGASA) no incluirá no sólo a los contratos de fomento del empleo estable (que tendrán prevista 33 días de indemnización tras un despido improcedente), sino también a los contratos indefinidos ordinarios (que tendrán 45 días de indemnización tras un despido improcedente).
  • incremento a dos años del plazo para elevar de ocho a doce días la indemnización por finalización de un contrato temporal. Dicha medida comenzará a aplicarse desde 2012, de modo que la indemnización irá subiendo a razón de un día por año hasta llegar a un total de doce jornadas en el año 2016.
  • el fondo de capitalización ("modelo austriaco") se llevará a cabo durante la tramitación del Proyecto de Ley, para lo cual el Gobierno se da un plazo de un año. Dicho fondo de capitalización no implicará, según Celestino Corbacho, incrementar las cotizaciones que los empresarios abonan a la Seguridad Social.
  • las Empresas de Trabajo Temporal podrán operar en el sector público.

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