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11/12/2024. 19:41:10
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La Comisión Europea endurece las condiciones para obtener subvenciones a proyectos

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La Comisión Europea acaba de adoptar un conjunto común de normas que hará mejorar la consulta, la participación y el diálogo de autoridades regionales, locales, urbanas y otras autoridades públicas, sindicatos, asociaciones de empresarios, ONG y organismos responsables de fomentar la inclusión social, la igualdad de género y la no discriminación en lo que respecta a la planificación, la aplicación, el seguimiento y la evaluación de los proyectos financiados por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.

Bandera comunidad europea

Los fondos que la UE quiere aplicar mejor son el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo de Cohesión, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).

"Queremos asegurarnos de que los Estados miembros trabajen en asociaciones constructivas con las partes interesadas representativas para planificar y aplicar los programas financiados por los Fondos Estructurales y de Inversión, a fin de maximizar el impacto de ese dinero", ha declarado el comisario Andor, de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión.

Este código de conducta europeo sobre el principio de asociación exige a los Estados miembros que refuercen la cooperación entre sus autoridades responsables del gasto de los Fondos Estructurales y de Inversión y los interlocutores de los proyectos, para facilitar el compartir la información, experiencia, resultados y buenas prácticas en el periodo de programación 2014-2020 y contribuir así a garantizar que el dinero se gaste de manera eficaz.

El código de conducta, que adopta la forma de un Reglamento de la Comisión jurídicamente vinculante, establece objetivos y criterios para garantizar que los Estados miembros apliquen el principio de asociación.

Los estados estarán obligados a:

  • Garantizar la transparencia en la selección de quienes representen a las autoridades regionales, locales y otras autoridades públicas, a los interlocutores sociales y económicos y a los organismos de la sociedad civil como miembros de pleno derecho en los comités de seguimiento de los programas.
  • Presentar interlocutores que dispongan de la información adecuada y de tiempo suficiente (requisito previo para un verdadero proceso de consulta).
  • Garantizar que sus interlocutores se impliquen eficazmente en todas las fases del proceso, desde la preparación hasta la aplicación, incluyendo la supervisión y la evaluación, de todos los programas.
  • Apoyar el refuerzo de las capacidades de los interlocutores para mejorar sus competencias y capacidades con miras a su participación activa en el proceso, y
  • Crear plataformas para el aprendizaje mutuo y el intercambio de buenas prácticas y de enfoques innovadores.

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