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26/04/2024. 11:46:33

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LISONDAU, ¿una ley para ciudadanos pero no para trabajadores?

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Se trata, sin duda, de uno de los interrogantes planteados en el Seminario celebrado el pasado miércoles 2 de abril en ESADE que versó sobre esta nueva ley (LISONDAU). La ley entra a reforzar el marco general de la normativa de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU).

El pasado miércoles 2 de abril, los profesores Esther Sánchez y Jorge Pérez, de ESADE y la Universidad Autónoma de Barcelona respectivamente, presentaron sus ponencias sobre la nueva Ley de Infracciones y Sanciones en materia de Discapacidad (Lisondau), la cual que entró en vigor el pasado mes de marzo y viene a reforzar la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las personas con discapacidad (Liondau) aprobada en diciembre de 2003.

En opinión de los ponentes, la nueva ley cuenta con algunas disposiciones incomprensibles, como es el hecho de que se trata de un régimen sancionador limitado a los ciudadanos y que no se aplica a nivel laboral. Otro de los puntos negativos de la ley sancionadora hace referencia a su aplicación, ya que aunque la Administración Central regula esta normativa, son las CCAA las que deben decidir los límites de ella.

En referencia al papel que juega la nueva ley, Jorge Pérez comentó que "su creación es consecuencia de un fracaso social ya que, en el caso de la discriminación hacia los discapacitados el mercado no ha reaccionado espontáneamente en su defensa como ha sucedido con la igualdad laboral de las mujeres sino que se ha precisado de una norma sancionadora para que se cumpla la ley de igualdad de oportunidades". 

Finalmente, Esther Sánchez comentó los diversos principios y medidas que se engloban en la ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad aclarando los beneficios y derechos que la norma aporta a los discapacitados, destacando el diseño de los ámbitos comunes accesibles para todos, la vida independiente de los discapacitados o la incapacitación civil para ayudar al discapacitado, entre otros. Asimismo, señaló las obligaciones que deberían adoptar las empresas y administraciones en contra de la discriminación de este colectivo como es la gestión de un plan para la prevención de la discriminación.

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