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29/03/2024. 00:59:39

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TRAS EL CAMBIO EN LA LEY DE SEGURIDAD VIAL

¿Cómo quedan los puntos?

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El próximo martes día 25 de mayo entra en vigor una gran reforma de la Ley de Seguridad Vial. El centro de la misma son las sanciones, que sufren un cambio cuantitativo y cualitativo. Básicamente, será más fácil pagar, más difícil recurrir y la recaudación tendrá un destino específico: la Seguridad Vial.

Un coche circulando por la carretera

Ayer dábamos cuenta de lo que viene, una amplia reforma que atiende a cuestiones tan actuales como el programar el navegador mientras se conduce, llevar un inhibidor de radares o dar la callada por respuesta ante una multa. También se hace cargo la modificación de el envío telemático de las multas o las polémicas notificaciones.

Fijémonos ahora en los puntos:

1.-Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida:

1.1.-Valores superiores a 50mg/l aire espirado conductores…………………….6 puntos

1.2.-Valores de + 25 mg/l aire espirado profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años………………………………………………6 puntos

1.3.-Valores superiores a 0,25mg/l hasta 0,50mg/l conductores………………..4 puntos

1.4.-Valores superiores a 0,15 mg/l y hasta 0,30 mg/l aire espirado profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años………………………………………………………………………………4 puntos

2.- Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos…………………………………………………..6 puntos

3.- Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos………………………………………………………………….6 puntos

4.-Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas…………………………………….6 puntos

5.-Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar………………………………………………………………………………6 puntos

6.-El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre……………………………………………………………….6 puntos

7.-La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad……………………………………….6 puntos

8.-Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello… 4 puntos

9.-Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación………………………………………………………………………..4 puntos

10.-Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida…………………………………………………………………………4 puntos

11.-Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida…………………………………………..4 puntos.

12.-Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas………………… 4 puntos.

13.-Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente…………………………….3 puntos

14.-Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. …………….4 puntos

15.-No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación…………. 4 puntos

16.-No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede…….. 4 puntos

17.-Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado…………………………………………………………………………..3 puntos

18.-No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección………………………………………………………… 3 puntos

19.-Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce…………………………4 puntos

20.-La detracción de puntos por exceso de velocidad se producirá de acuerdo con el exceso cometido…………………………………………………………….. 2 a 6 puntos

Se ha diseñado un nuevo protocolo de notificaciones que prevé el uso del móvil o el correo electrónico para tal fin: el 25 de noviembre entrará en vigor la Dirección Electrónica Vial (DEV), que permitirá la acreditación por email de fecha y hora a la que se le ha notificado la sanción al conductor. Por este mismo sistema el infractor podrá estar al día de la fecha de a próxima ITV o cuándo le caduca el seguro.

Si las notificaciones no pueden llevarse a cabo ni en el domicilio físico ni telepáticamente, estarán en el Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA), una web que hará las veces, a estos efectos, de los Boletines Oficiales de la Provincia o de la Comunidad Autónoma.

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