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12/10/2024. 23:15:40
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“Búsqueda de empleo”, nuevo permiso para estudiantes extranjeros

Máchelin Díaz Tavarez

En consecuencias de los cambios que se presentaron en el BOE el pasado 4 de septiembre de 2018, se modifican algunos preceptos de Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Las modificaciones que se destacan son las siguientes:

Artículo 72 en relación con la formación, investigación, desarrollo e innovación.

Se regula la autorización de residencia para investigadores extranjeros que quieran realizar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación en España.

  • La autorización de residencia para investigación UE: Este permiso permitirá a los investigadores entrar, residir y desarrollar su actividad en uno o varios Estados de la UE y ser acompañados de sus familiares.
  • La autorización de residencia para investigación nacional: permite que, una vez finalizada la actividad investigadora, los extranjeros podrán permanecer en España durante un máximo de 12 meses con el fin de buscar un empleo relacionado con el campo de investigación realizada o para emprender un proyecto empresarial, siempre que acrediten disponer de medios económicos suficientes y certificado médico.
  • Para los que poseen tarjeta de estudiante se añade una Disposición adicional decimoséptima, la cual consideramos la novedad más importante de todas. Queda redactada de la siguiente forma:

    " Una vez finalizados los estudios en una institución de educación superior, los extranjeros, que hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo con el Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado, podrán permanecer en España durante un período máximo e improrrogable de doce meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial. (…)

    De forma que, los estudiantes, que hubieran realizada una carrera universitaria en España, podrán solicitar un permiso de búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial en la Oficina de Extranjería competente, siempre y cuando, hubiera obtenido la titulación, disponga de medios económicos y cuente con seguro médico.

    El plazo de resolución es de sólo 20 días (silencio positivo) y el permiso permitirá al estudiante permanecer en España durante un año con este fin.

    En el caso de encontrar un empleo relacionado con sus estudios o decide emprender un proyecto empresarial, el estudiante podrá solicitar la autorización correspondiente entre las reguladas en la LO 4/2000, de 11 de enero (Régimen general) o la Ley 14/2013, de 27 de septiembre (Ley de emprendedores).

  • Se añade otra Disposición adicional decimoctava, que contempla una autorización de residencia para prácticas.

    Este permiso permitiría a aquellos que hubieran obtenido una titulación superior en los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud, o que estén realizando estudios que conducen a la obtención de un título de educación superior en España o en el extranjero, participar en un programa de prácticas mediante la firma de un Convenio o contrato de prácticas.

    Sólo se exigirá que el estudiante hubiera obtenido en título en los dos años anteriores, o bien, que los esté cursando actualmente; que las prácticas sean en el mismo campo académico; que cuente con seguro médico y recursos suficientes y carecer de antecedentes penales. No se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo.

    El permiso tendrá una validez de seis meses o igual a la duración del convenio de prácticas, de ser inferior. Y el mismo, podrá ser renovada tan solo una vez, no pudiendo exceder la vigencia de un año contando el periodo de vigencia del permiso inicial más la prórroga.

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