
Como consumidor siempre me ha sorprendido (y no para bien) el formato de los manuales de instrucciones, su extensión y el ínfimo tamaño de su letra. Como norma general a mayor extensión de las instrucciones más improbable es encontrar en él lo que se necesita.
Como consumidor de normas jurídicas me sucede algo parecido. Desconfío de las normas en las que el préambulo, exposición de motivos o introducción ocupa más espacio que el articulado.
Boletín Oficial del Estado de 20 de enero de 2021. En él se publica el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. 19 páginas. No cuento las tres últimas que recogen una Anexo sobre la Autoridad Portuaria de Santander, cuestión muy relacionada con la denominación de la norma. Los artículos (que son dos) no empiezan hasta la página 14. Y desde la 17 nos encontramos con las disposiciones finales sobre desahucio en el estado de alarma (la primera), modificación de la vigente ley de Presupuestos Generales del Estado en materia de Autoridades Portuarias (la segunda), Reglamento del Dominio Público Hidráulico (la tercera) y modificación del canon de control vertidos del texto refundido de la Ley de Aguas (la cuarta y última). La reforma sobre protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica se acaba de quedar en menos de cuatro páginas.
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