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27/07/2024. 06:46:57

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BLOG DE FISCALIDAD INTERNACIONAL

Breve repaso del año 2023

Guillermo Salceda Pacheco

Asesor fiscal internacional
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Queridos todos, una vez más llega el momento de echar la vista atrás (y ver la senda que ¿nunca? se ha de volver a pisar) para hacer balance del año, tanto en lo profesional como en lo personal. Y, gracias a Dios, por lo que a un servidor respecta, puedo decir que completo este año 2023 con saldo positivo en ambos ámbitos, por lo que solo puedo pedir a Dios que me quede como estoy y, si fuera posible, que cada vez haya más gente en el mundo cuyo balance sea igual que el mío o, a ser posible, mejor.

Un sucinto repaso de los 48 posts publicados en este foro durante este año 2023 revela que el tema estrella este año es el avance inexorable, cual martillo pilón, hacia la tributación mínima global a la que nos lleva el Pilar II (tema que se abordó en 11 posts). Curiosamente, nuestros bloggeros (¿y quién no?) ven más alejado el Pilar I, que tan solo ameritó un post.

El contrapunto a esta inexorable evolución vino presidido por la constante demanda (me atrevería a decir que por parte de todo el gremio) de una mayor seguridad jurídica (10 posts) en cuanto a la interpretación y aplicación del marco jurídico actual (y del venidero), tanto en el ámbito doméstico como en el internacional, como único remedio (proactivo y reactivo) a la conflictividad existente entre contribuyentes y administraciones tributarias.

Nuestros bloggeros también abordaron con denuedo cuestiones relacionadas con precios de transferencia (haciéndolo hasta en 7 ocasiones), así como asuntos de tributación indirecta (5 posts) y de tributación internacional de personas físicas (4 posts).

En conclusión, el año 2023 mantuvo la línea de sus dos inmediatos predecesores en cuanto a la evolución inexorable del sistema tributario hacia un nuevo marco legal que, al socaire de “fair share of taxation” como mantra inspirador a la par que cómplice de la opinión pública permita incrementar la recaudación resultante de grupos multinacionales y, muy en especial, de aquellos que operan en el sector de la economía digital.

Tanto es así que, además del Pillar II, 2023 fue testigo de otros proyectos y realidades dirigidos a la misma finalidad recaudatoria, a saber:

  • En el ámbito de la tributación indirecta, es muy de destacar y tener presente el proyecto “VAT in the digital age” o ViDA que se analizó en este post de principios de año, pues constituye la propuesta de la Comisión Europea para acometer la reforma más ambiciosa y de mayor calado del IVA.
  • La aprobación y entrada en vigor de la Ley 13/2023 de 24 de Mayo a través de la cual, entre otras medidas, se incorporaron al ordenamiento jurídico tributario español:
  • Las inspecciones tributarias conjuntas (esto es, actuaciones inspectoras que se realizan por la Administración tributaria de forma conjunta con otro u otros Estados en relación con personas o entidades de interés común o complementario para esos Estados miembros de acuerdo con la normativa de asistencia mutua que resulte de aplicación.)
  • Las nuevas obligaciones de información, diligencia debida y registro que pesan sobre los “operadores de plataformas digitales» que albergan, respectivamente, la normativa comunitaria en materia de cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad y otras normas tributarias (DAC 7) y en el Modelo de Reglas de comunicación de información por parte de operadores de plataformas respecto de los vendedores en el ámbito de la economía colaborativa y la economía de trabajo esporádico aprobado en el seno del Acuerdo Multilateral de las Autoridades Competentes para el intercambio automático de información sobre la renta obtenida a través de plataformas digitales en el ámbito de la OCDE, suscrito por España el 9 de noviembre de 2022.

En fin, queridos lectores, no creo que sea necesario un master en Oxford, Harvard o Yale para atisbar más de lo mismo en 2024, al menos por lo que respecta al campo de la fiscalidad internacional. Claro que, viendo el panorama político, económico y social actual, tal vez el nuestro sea el único ámbito en el que sabemos lo que cabe esperar…

En cualquier caso, les deseo a ustedes una feliz Nochebuena y Navidad, un próspero año nuevo (ojalá, cargado de menos crispación política y más ánimo conciliador), una feliz Noche de Reyes Magos y que en el año 2024 el mundo tenga ganas de ser y de hacer las cosas mejor, por el bien de todos y, muy en especial, de los que vienen por detrás, pues de nosotros dependen. Así que, si no tienen todavía un propósito personal para 2024, ahí les dejo mi particular propósito de hacer de mi entorno (aunque sea en el barrio, pero por algo se empieza) un mundo mejor para mi hija y su generación.

Cuídense mucho. Un abrazo muy fuerte de su siempre amigo y seguro servidor,

Er Güiliam.

La opinión expresada en este post es exclusiva de su autor, y en modo alguno puede imputarse o atribuirse a ninguna persona o entidad de su entorno profesional.

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Actualmente, los estados son cada vez menos soberanos para implementar medidas fiscales de calado internacional. Los sistemas fiscales son muy similares y sus novedades prácticamente uniformes. Principalmente porque necesitan contar con un consenso supranacional, la Unión Europea en el caso de España, o es necesaria una unidad de actuación y coordinación de intereses comunes como es la OCDE. Por lo tanto, todo lo que acontece fuera de nuestras fronteras, en mayor o menor medida, acabará influenciando la normativa española y su interpretación.

Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.