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27/06/2025. 09:18:22
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Absuelta tras demostrar que unos ciberdelincuentes utilizaron su DNI para estafar

Abogado y socio director de PenalTech

  • Terceros desconocidos le robaron su DNI y abrieron una cuenta a su nombre en la banca online del BBVA

La utilización del Documento Nacional de Identidad (DNI) de otras personas para cometer alguna conducta delictiva es una práctica cada vez más utilizada entre los ciberdelincuentes. Un ejemplo de ello es la reciente sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Mérida en la que, pese a la condena en primera instancia, se absuelve a una mujer de haber cometido un delito de estafa tras demostrarse que unos piratas informáticos suplantaron su identidad.

El origen del caso lo ubicamos en una compraventa de una consola en una página web. El 17 de enero de 2021, siguiendo las instrucciones que allí se indicaban, la compradora realizó una transferencia de 399 euros a una cuenta bancaria del BBVA cuya titular era la acusada. Con total desconocimiento de esta última y sin contar con su consentimiento, la mencionada cuenta bancaria fue abierta por unos ciberdelincuentes tan solo unos días antes, el 9 de enero de 2021, a través de la banca online y mediante la aportación de una copia del DNI de la misma.

Como era de esperar, la compradora nunca llegó a recibir el objeto adquirido ni tampoco se le reintegró la cantidad abonada. Es más, poco tiempo después de realizar el pago, la adquirente no pudo entrar ni en la propia página web para estudiar las posibilidades de reclamación y reembolso.

Consecuencia de ello, la afectada acudió a la justicia y logró un pronunciamiento favorable a sus intereses. En concreto, el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Villafranca de los Barros (Badajoz) condenó a la acusada como autora de un delito leve de estafa previsto en el art. 248 y 249.2 del Código Penal, a la pena de 3 meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros. Además, por la vía de la responsabilidad civil, el Juzgado condenó a la mujer a indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 399 euros.

Disconforme con el fallo, la mujer condenada recurrió en apelación.

A la acusada le suplantaron la identidad

En primer término, la AP de Mérida llama la atención la sospechosa proximidad temporal de la apertura de la cuenta bancaria y la estafa supuestamente cometida. Asimismo, la Sala alerta que la mencionada gestión financiera no se realizó de forma presencial, sino online, mediante la aportación de una copia del DNI de la denunciada, aportándose un domicilio de Beniarjó (Valencia) que no se corresponde con el de la supuesta vendedora que reside desde hace años en Llerena (Badajoz), es decir, a más de 640 kilómetros de distancia.

En la misma línea, la Sala apunta que no consta que la denunciada tuviese relación alguna con la página web en la que se realizó la compra, ni tampoco con los tres números de móvil que se indicaron al abrir la cuenta bancaria en la banca online del BBVA. De hecho, en palabras de la Audiencia, tales números de contacto corresponden «a tres personas diferentes, dos de ellas de nacionalidad extranjera».

Para mayor argumento, la sentencia, de 2 de septiembre de 2024, recalca que no consta que entre las partes aquí enfrentadas existiese conversación alguna, «ya que todos los contactos se realizaron telemáticamente a través de la página web».

A la vista de lo anterior, como anticipábamos al inicio, la Audiencia termina estimando el recurso interpuesto y absolviendo a la apelante del delito leve por el que venía siendo acusada al considerar insuficiente la prueba practicada para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste a la denunciada.

Es aconsejable tomar la máxima precaución al compartir con terceros cualquier tipo de información personal, y más aún si se trata del DNI. En concreto, en el hipotético escenario de que estemos obligados a enviar este documento para algún trámite administrativo o comercial, siempre recomendaremos enviar una versión en blanco y negro, así como pixelar datos como el rostro, la fecha de validez o la propia firma. De este modo, limitaremos la cantidad de información valiosa que los posibles ciberdelincuentes pueden utilizar y evitaremos tener que sentarnos en un banquillo de una sede judicial por haber cometido un supuesto delito que, como en el caso descrito, desconocemos absolutamente su origen.

Accede a la sentencia completa

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