Inmigración Ilegal: aplicación retroactiva de la lo 1/2015, lo que conlleva sustancial rebaja de pena: no es válido el argumento de que existía el art. 177 bis, que sanciona con pena superior a la inicial a quien introduzca en territorio español a persona en situación de vulnerabilidad, para su explotación sexual, pues es delito del que no se acusó; Proposito de Explotacion Sexual: Existencia: atraen a súbditas nigerianas ofreciéndoles trabajo de niñera, para luego prostituirlas.
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