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13/10/2025. 08:43:31
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Procedimiento integral de la detención policial «nueva instrucción núm. 10/2025»

José Manuel Herráiz Salas

Educador Social- Psicopedagogo
Máster en Criminología

El pasado 16 de septiembre 2025, se publica y entra en vigor un nuevo documento de la Secretaría de Estado Seguridad, departamento que orgánicamente pertenece al Ministerio del Interior. Es decir, apenas tres meses más tarde de la llegada al departamento del nuevo responsable de la Secretaría de Estado de Seguridad; se implementa una nueva instrucción, que sustituye a la Instrucción 1/2024 de 74 páginas, con un recorrido de 19 meses, para su evaluación, y en apenas tres meses, frente a los cinco años, que el anterior Secretario de Estado de Seguridad, se publica esta «Nueva Instrucción 10/2025». con 68 páginas e idéntico contenido.

En cierto momento, al proceder a la lectura en su inicio, en el preámbulo, se puede leer: “A lo largo de este período y como resultado de la experiencia acumulada durante el tiempo de vigencia de la instrucción núm. 1/2024, por la que se aprobó el “Procedimiento integral de la detención policial” así como de las aportaciones formuladas por diversos órganos, entre ellos el Defensor del Pueblo, se ha estimado conveniente proceder a la actualización del protocolo anexo a dicha instrucción. Esta revisión tiene como finalidad adecuarlo a la realidad social y a la operativa policial actual, considerándolo un instrumento normativo dinámico, sujeto a las actualizaciones que resulten pertinentes”. Parece alentador un nuevo o complementario enfoque en ese sentido, que tiene como destino el impulso de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, especialmente en relación con la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y de las comunicaciones y la libertad de residencia y circulación; en el ejercicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Pue bien, y sentado esto, no hemos encontrado el protocolo anexo a dicha instrucción, por otro lado, los apéndices que aparecen en la página 57 y consecutivas, hasta las páginas 68 y 74 respectivamente según que instrucción, son los mismos en ambos documentos, sin aportación normativa alguna.

De la publicación en este mismo medio, de fechas 23 de enero y 30 de enero 2024, sobre la instrucción número 1/2024, se nos antoja que se debe mantener lo allí ya informado y explicado. Esta “nueva Instrucción 10/2025 Procedimiento Integral de la detención policial” es un calco exacto, con los mismo errores, erratas y demás fallos gramaticales.

La novedad en las 68 páginas actuales, pasan por la modificación en el orden de preferencia de los siguientes epígrafes, con el mismo contenido.

Instrucción 1/2024Instrucción 10/2025
OBJETOOBJETO
PROTECIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL2.- FORMACIÓN
FORMACIÓN3.- REVISIÓN PERIÓDICA
REVISIÓN PERIÓDICA4.-PROTECIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
PUBLICACIÓN Y EFECTOS5.- PUBLICACIÓN Y EFECTOS

Conclusión:

No hace falta acudir al Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 109.2, que permite rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho, o aritméticos en sus actos, de oficio o a petición del interesado.

Si la publicación de la nueva instrucción obedece a un cambio legislativo, normativo o similar, es comprensible la modificación; pero sí es, como parece, la de reforzar la protección de los derechos de las personas detenidas y garantizar la seguridad jurídica en las actuaciones policiales, se considera imprescindible actualizar los documentos dirigidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

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