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SJS de Pamplona de 29 diciembre 2021 (JUR 2022, 41948)

Derecho de preferencia para elegir el turno de trabajo en caso de cursar estudios

Ana Barberia Legarra. Corporate Content Thomson Reuters

El demandante, trabajador a turnos rotatorios de mañana y tarde, solicita que se le asigne un turno fijo de mañana (o subsidiariamente un turno rotatorio de mañana y noche) y derecho a 40 horas acumuladas de permiso retribuido, por estar cursando un grado en químicas en la UNED y tener las clases presenciales y/o tutorías en horario de tarde. 

La demanda se basa en el art. 23.1 a) del ET, según el cual el trabajador tiene preferencia para elegir turno de trabajo cuando se cursa con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. 

Señala la sentencia de instancia, recogiendo jurisprudencia del TS, que el derecho a la formación profesional conecta con el derecho constitucional a la educación, lo que obliga a realizar una interpretación y aplicación favorable a la efectividad del derecho a la elección de turno, tanto en el supuesto de turnos fijos, como rotatorios. Si bien este derecho no es absoluto y puede quedar limitado o excluido por concurrir un interés a proteger de mayor rango que el de la formación o por concurrir el derecho de otros trabajadores preferentes, o existir exigencias organizativas de la empresa.  

En el supuesto estudiado la empresa no acredita que concurran razones organizativas o de producción que impidan o limiten el reconocimiento del derecho, ni que existan otros puestos de la categoría profesional del actor que pueda desarrollar en turno fijo de mañana. Además, el hecho de que esté matriculado en la UNED no es óbice porque es derecho del alumno poder acudir a las tutorías o clases. Por todo ello, se estima esta pretensión. 

Por el contrario, la solicitud del actor de disfrutar de 40 horas de permiso retribuido es desestimada por no acreditar que los estudios dirigidos a obtener el grado tengan la consideración de formación profesional para el empleo vinculada a la actividad de la empresa, tal y como exige el citado artículo. 

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