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30/04/2024. 03:20:03

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Inflación normativa

Abogado especializado en litigación civil, mercantil y contencioso-administrativa.

Balanza de justicia y un mazo

En el día de año nuevo de 2021 pudimos contemplar como los telediarios nos ofrecían imágenes en directo de incumplimientos normativos de diversa índole, relacionados con las restricciones impuestas por la crisis sanitaria. Macrofiestas incontroladas, celebraciones no autorizadas, concentraciones de personas por encima de los límites establecidos…etc.

Hasta la fecha, los precedentes análogos de tales situaciones de quebrantamiento flagrante de la legalidad solían incluir, al menos, un intento por parte del infractor de sustraerse a la acción de la justicia, como son buen ejemplo  las persecuciones de coches en ciudades norteamericanas retransmitidas desde el helicóptero, y en algunos casos con tiroteo final.

Pero no, en estos caso los autores de las infracciones, se presentaban ante las cámaras con gesto amable y distendido – en algunos casos especialmente distendido – mientras los funcionarios de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado les sugerían amablemente que ajustaran su conducta a la legalidad, con poco éxito.

Es cierto que este año nos hemos encontrado ante circunstancias excepcionales y que las dudas que genera el ajuste a derecho de las numerosas restricciones sanitarias impuestas y el consiguiente carácter sancionable de las mismas, hacen que la coercibilidad se mantenga en un perfil bajo.

Esto me hizo reflexionar sobre la pérdida de valor o efectividad que están sufriendo las normas jurídicas en nuestra época, debido en buena medida a lo que podría definirse como inflación jurídica. Por supuesto, esta no es una idea original o novedosa ya que en el siglo XVIII Montesquieu  se encargó de indicar, en una de sus frases lapidarias, que “Las leyes inútiles debilitan a las necesarias.”

Y es que desde hace años se viene apreciando un fenómeno en la actividad legislativa de nuestro país consistente en la ingente producción de normas jurídicas, no siempre necesarias y en algunos casos de dudosa coherencia con el resto de las disposiciones del ordenamiento legal, lo que dificulta enormemente la labor de los abogados, y de los juristas por extensión.

Si al menos tal situación beneficiara al ciudadano podría soportarse por nuestro sector tal pesada carga con mayor entereza, pero no es así. Unos de los pilares básicos de nuestro ordenamiento jurídico, como es la seguridad jurídica, se encuentra en franco retroceso, lo que es percibido por los clientes con preocupación e incertidumbre.

El infausto 2020 que acaba de dejarnos no ha estado exento de tal vicio, más bien al contrario, las excepcionales circunstancias en las que nos hemos encontrado en el año de la pandemia, han provocado un acelerón en la motorización legislativa tanto a nivel estatal como autonómico.

Pero con independencia de lo ocurrido este año nuestra producción normativa no resulta adecuada, no sólo cuantitativamente, sino también cualitativamente.

Las leyes son preceptos cuya vocación es normativizar supuestos de hechos generales y no tiene sentido reproducir diversos mandatos legales cuando uno sólo puede referirse a una pluralidad de situaciones. Por tanto lo adecuado es ampliar el enfoque todo lo posible sin que tal alejamiento suponga que se nos escapen supuestos concretos por rendijas de la norma. Si por el contrario acercamos demasiado dicho enfoque, nos vemos ante una innecesaria atomización de normas que por demasiada concreción también pueden suponer que supuestos concretos se vean excluidos de los supuestos específicamente contemplados.

Por desgracia, el legislador de nuestros días parece verse subyugado por los cantos de sirena de la política y el electoralismo en detrimento de razones de técnica jurídica. A veces parece que el único objetivo sean los golpes de efecto mediáticos, consistentes en normas cuya vida útil raramente trasciende del transcurso de un telediario.

No podemos negar que la complejidad de las sociedades y relaciones humanas en los países desarrollados y las innovaciones que vertiginosamente nos ofrece la era digital exigen del ordenamiento jurídico respuestas en forma de normas que regulen estas nuevas realidades, y esto puede suponer un desarrollo prolijo y detallado a nivel reglamentario. Pero las normas con rango de Ley deben estar sujetas a cierta coherencia y orden entre las mismas. El legislador debe conocer lo que está regulado hasta la fecha para saber los vacíos que hay que llenar, y llenarlos con criterio, coherencia y respetando la sistemática dentro del ordenamiento jurídico.

Por suerte, hoy en día tenemos a nuestra disposición internet y las bases de datos jurídicas que nos permiten controlar los numerosos cambios legislativos que tienen lugar y su vigencia temporal.

No podemos dejar de recordar el contexto y los principios que llevaron al movimiento codificador del siglo XIX, basados en el racionalismo y en la necesidad de sistematizar el ingente sustrato normativo existente. Sería paradójico que dos siglos después volviéramos a las recopilaciones de leyes ante la imposibilidad de integrar en cuerpos normativos unificados y sistematizados, las normas vigentes en un momento y lugar concretos.

En 1921, el famoso procesalista italiano Piero Calamandrei escribió un libro titulado Demasiados Abogados (Troppi Avvocatti). Ahora estos “demasiados abogados” que somos, incluso “mucho más demasiados” que en 1921, nos encontramos con demasiadas leyes. Y cuando hablo de demasiadas no me refiero a muchas, sino a más de las necesarias.

Esta inflación jurídica, que en muchos casos dificulta el conocimiento por parte del ciudadano de los preceptos jurídicos a los que ha de adecuar su conducta, desprestigia la Ley y fomenta su incumplimiento.

Confiemos que durante el ilusionante 2021, el legislador modere su producción normativa y la ajuste a estrictos criterios técnicos y de interés general, lo que permitirá que nuestro ordenamiento jurídico sirva adecuadamente a la sociedad y a los ciudadanos de la mejor manera posible, contribuyendo a preservar principios tan denostados de facto en nuestros tiempos como es la seguridad jurídica.

 

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