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12/11/2025. 15:48:46
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El ICAM pasa a Bolaños a abogado no ejerciente por incompatibilidad con el cargo como ministro

Europa Press
  • Explica que no hay sanción porque no consta que haya ejercido: «Ha observado el principio de dedicación exclusiva»

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha cambiado el estatus del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, a colegiado no ejerciente por incompatibilidad con su cargo oficial.

A través de una nota de prensa, recogida por Europa Press, el ICAM ha señalado este miércoles que recibió una denuncia «nominativa» sobre Bolaños en la que se instaba a verificar la compatibilidad entre su cargo público y la condición de colegiado ejerciente.

El ICAM ha explicado que, a raíz de esa denuncia y según lo previsto en el Estatuto General de la Abogacía Española, su Junta de Gobierno se reunió el pasado 21 octubre y acordó la «adecuación registral» de Bolaños «a la condición de colegiado no ejerciente».

Ha precisado que el titular de Justicia «continúa siendo colegiado, manteniendo todos los derechos y condiciones asociados a dicha condición».

Y ha querido aclarar que la decisión adoptada no implica «suspensión alguna de la condición de colegiado ni cuestionamiento alguno de su trayectoria profesional», ya que «su condición de colegiado se mantiene plenamente vigente».

«No existe constancia de ejercicio material de la abogacía por parte de Bolaños durante su etapa como alto cargo» y «ha observado el principio de dedicación exclusiva exigido legalmente», ha recalcado.

Puede volver a ejercer si deja de ser cargo público

En este sentido, el organismo ha explicado que la decisión tiene efectos «exclusivamente administrativos y es plenamente reversible» si el ministro deja de ser cargo oficial, momento en el que «podrá retornar a la condición de ejerciente sin impedimento alguno, conforme a la normativa vigente».

El ICAM ha defendido que, como colegio de abogados, ha actuado «conforme a su obligación estatutaria de verificación, en un procedimiento reglado y habitual».

Se trata, ha añadido, de «una simple actualización registral, sin mayor trascendencia ni efecto sancionador», y que es «habitual en este tipo de situaciones de incompatibilidad legal sobrevenida».

Y ha puesto como contexto que, en la actualidad, cuenta con 28.295 colegiados no ejercientes, aproximadamente el 38% del censo total de la corporación, agregando que esa condición «es habitual y plenamente reconocida dentro de la estructura colegial».

«Con este acuerdo, el ICAM cumple con su función estatutaria de velar por el correcto funcionamiento del censo colegial y el respeto a las reglas deontológicas y legales que rigen la profesión, sin que ello suponga afección alguna a los derechos, la honorabilidad o la condición profesional del colegiado afectado», ha concluido.

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