El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado admitir a trámite la petición de amparo que presentó la jueza de Catarroja (Valencia) que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024, Nuria Ruiz Tobarra, ante la decisión del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) de amparar a dos abogados de la causa y de pedirle que dejara de usar expresiones de «descrédito» hacia dichos letrados.
Según ha publicado ‘elDiario.es’ y han confirmado fuentes del órgano de gobierno de los jueces a Europa Press, la decisión ha sido adoptada por la Comisión Permanente, que ha dado diez días al ICAV para que presente sus alegaciones.
Ruiz Tobarra acudió al CGPJ al considerar que el requerimiento que le ha hecho el ICAV -al amparar al abogado del ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, y al de una de las víctimas de la dana que ejercía la acusación particular- suponen una «grave intromisión» en el ejercicio de la función jurisdiccional.
Quejas ante el CGPJ
Cabe recordar que el pasado septiembre, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Catarroja, en un auto en el que desestimaba varias diligencias que reclamó la defensa de Argüeso, apuntaba que varios letrados del caso habían presentado distintas quejas ante el CGPJ, así como denuncias y querellas, en las que «se repite y publicitan informaciones que no son sino parte de una campaña difamatoria y que destilan un machismo atroz«.
De hecho, la instructora aseguró en aquella resolución que el abogado de Argüeso pretendía convertir el procedimiento «en el lugar no donde se investiguen los homicidios y lesiones imprudentes» de las víctimas de la dana, sino a ella y a su marido, el también juez, Jorge Martínez Ribera.
Asimismo, la jueza señaló que dicho abogado había grabado «subrepticiamente» a su pareja y a su hija menor de edad en la sala de vistas tras unas declaraciones. El letrado pidió certificar en cuántos interrogatorios de la causa había participado el marido de la jueza, si es que lo había hecho o si había participado en resoluciones.
La instructora rechazó dicha petición, que calificó como el «enésimo capítulo en una estrategia de defensa que, de forma burda, pretende» apartarla del caso. Y, al hilo, abrió una pieza separada «al objeto de determinar la procedencia de sanción por el contenido de dicho escrito y documental aportada con el mismo»: unas fotografías obtenidas ilícitamente.
En la misma línea, la jueza expulsó a la abogada de una acusación particular al considerar que su actuación implicaba un «abuso de derecho» y un «fraude procesal» por ejercer en realidad como defensa de Argüeso.

