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26/04/2024. 19:38:26

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Aprobada la Ley que regula las entidades no financieras que ofertan créditos

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El Congreso de los Diputados aprobó el miércoles el Proyecto de Ley por el que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito. La norma constituye una novedad en el sistema jurídico español, ya que atiende la actividad de entidades no financieras que ofertan créditos. Esto supone una garantía tanto para el consumidor como para las empresas que ofertan estos servicios de préstamo y crédito.

Aprobada la Ley que regula las entidades no financieras que ofertan créditos

La Ley establece que las entidades que conceden créditos hipotecarios o intermedian y asesoran cara a futuros contratos de préstamo y crédito deberán cumplir determinadas obligaciones de transparencia e información. A pesar de ser un sector de actividad con importancia creciente en la economía española, la normativa hasta ahora aplicable era fragmentaria.

Afecta a gran número de agentes económicos: las denominadas entidades de mediación de créditos, que no son entidades financieras y, por lo tanto, no están bajo a la regulación prevista para este tipo de entidades; ni sometidas a la supervisión del Banco de España, sino que su marco era, hasta ahora, la legislación general de protección de los consumidores.

Aspectos relevantes de la nueva regulación son:

  • Aumento de la obligación de transparencia de las empresas dedicadas a esta actividad.
  • Fijación de los requisitos de los contratos
  • Incremento de garantías.
  • Clarificación de las consecuencias ante incumplimientos.
  • Mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos.

Por lo que respecta a la transparencia, la ley clarifica la información que ha de ofrecerse al cliente, a quien se le debe dar una serie de informaciones acerca de la empresa y del futuro contrato que celebrará al menos 15 días antes de su firma.

También, si se trata de la agrupación de varios créditos, deberá informarse de la tasa anual equivalente (TAE) y de las características esenciales del crédito que se conformará.

Respecto a la publicidad, se deberá indicar de forma expresa e inequívoca que la actividad que se oferta es de intermediación.

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