Repaso a la actualidad jurídica de los últimos días en Aranzadi LA LEY Exprés; se notan ya las fechas en las que estamos y, esto sumado a la situación de mayorías parlamentarias, hace que tengamos la parte normativa huérfana de novedades relevantes.
Solo cabe mencionar que ya está publicado en el BOE el Real Decreto 1135/2025, por el que se determinan las condiciones de la línea de ayudas para casos de impagos del alquiler de viviendas para jóvenes y colectivos vulnerables y se está a la espera de la publicación de la Ley de Atención a la Clientela.
Por ello vamos a dar más espacio a las novedades que nos viene de los tribunales. Así, queremos destacar:
Del TJUE:
- La sentencia que ha determinado que debe ser la legislación del nuevo lugar habitual la que se tome como criterio para definir la ley aplicable en casos de cambio de ubicación laboral.
Del Tribunal Supremo, apuntar de la Sala Primera:
- La sentencia que ha exonerado de responsabilidad a un banco destinatario de la transferencia realizada según el IBAN facilitado por el ordenante, que no se corresponde con el beneficiario especificado en la propia transferencia.
- También la sentencia que establece que la instalación de un punto de recarga de un vehículo eléctrico en el aparcamiento del edificio solo requiere su comunicación a la comunidad de propietarios.
Y en la Sala de lo Penal, comentar que ha determinado que la acción de una madre que reenvió una conversación telefónica de su exmarido con los hijos menores al grupo de WhatsApp de padres del cole es un delito agravado de revelación secretos porque, aunque la víctima fuese el padre, también se ofrecen los datos de los hijos.
Y acabamos con un apunte sobre los MASC: la Audiencia Provincial de Barcelona ha determinado que si el legislador no exige acudir a un MASC para las medidas de protección de menores del art. 158 de Código Civil no le parece razonable que sea exigible para el pleito posterior principal.

