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27/04/2024. 04:26:08

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El CGJP afea definitivamente la huelga convocada el día 18

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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó ayer un acuerdo en el que declara que la huelga de jueces y magistrados no tiene cobertura legal, por lo que todos ellos tendrán que estar en sus puestos de trabajo el día fijado para el paro. Tras casi tres horas de reunión, la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, señaló que el órgano de gobierno de los jueces ha decidido «no tener por anunciada la convocatoria de huelga» y «no fijar servicios mínimos», al entender que los convocantes no tienen «ni competencia ni base legal» para llevar a cabo esta protesta.

El CGJP afea definitivamente la huelga convocada el día 18

Ante la presentación de peticiones y comunicaciones relativas al seguimiento de una jornada de huelga para el día 18 de febrero por parte de:

  • Asamblea de Jueces y Magistrados de la provincia de Almería.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de Huelva.
  • Convocatoria de la Reunión de Jueces y Magistrados de la provincia de Málaga.
  • Asamblea de Magistrados de Teruel.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de la provincia de Las Palmas.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de la provincia de Alicante.
  • Asamblea de Magistrados de Castilla-La Mancha.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de Ciudad Real.
  • El Juez de 1ª Instancia de Instrucción Único de Solsona (Lérida).
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de la provincia de La Coruña.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de la provincia de Pontevedra.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de Ibiza.
  • Asamblea autonómica de Jueces y Magistrados de Murcia.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de Castilla-La Mancha
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de la provincia de Ciudad Real.
  • Asamblea de Jueces y Magistrados de la provincia de Cuenca.
  • La Junta provincial de Jueces de Gerona.
  • Jueces/as y Magistrados/as de la provincia de Tarragona.
  • La Asamblea de Jueces y Magistrados de Extremadura
  • Asamblea de Jueces del Partido Judicial de Majadahonda (Madrid).
  • Asociaciones Judiciales "Francisco de Vitoria" y "Foro Judicial Independiente".

Y a la vista de las comunicaciones y peticiones que se dirigen al Consejo, en el sentido de que se fijen por este órgano los servicios mínimos imprescindibles para atender debidamente a los ciudadanos durante el día de la huelga, y que se tenga por convocada en forma y plazo legal, resulta necesario, según el Pleno del Consejo General del Poder Judicial  realizar las siguientes consideraciones:

  1. El Consejo General del Poder Judicial, como establece el artículo 122.2 de la Constitución, es el órgano de gobierno del mismo, y en cuanto tal, ejerce y ejercerá las competencias que le son legalmente atribuidas.
  2. Con independencia de las cuestiones que pudieran suscitarse en relación al reconocimiento del derecho de huelga de jueces y magistrados, lo cierto es que el ejercicio de ese posible derecho carece, en el momento actual, de soporte normativo. Ninguno de los escritos presentados, conforme afirma el CGPJ, contiene una referencia al marco regulador del referido ejercicio, limitándose a mencionar los artículos 3  y 4 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de Marzo. Esta norma se refiere a un tipo distinto de relaciones jurídicas, sin que por tanto puedan encuadrarse en ella las medidas que se pretenden.
  3. El CGPJ no puede acceder, según sus propias palabras, a las peticiones que se le formulan. Consiguientemente, no puede proceder a la fijación de servicios mínimos, ni a tener por tales aquellos que pudieran señalar quienes suscriben los escritos.
  4. El Consejo, en el cumplimiento de sus funciones, velará para que mediante el ejercicio de la función jurisdiccional, se garantice el derecho a la tutela judicial de los ciudadanos.

Por las razones enumeradas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer:

  • Tener por no anunciada la convocatoria de huelga.
  • No fijar servicios mínimos ni tener por tales los que pudieran señalar los que suscriben los diferentes escritos.

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