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29/03/2024. 08:32:24

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El funcionario, uno más de la familia

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El funcionario del Registro Civil podrá decidir el orden de los apellidos si los padres no acuerdan. Desaparece el Libro de Familia. A cada nacido inscrito se le dará un número llamado "Código Personal", que posteriormente se corresponderá con el DNI.

El Proyecto de Ley de reforma del Registro Civil otorga capacidad de decisión al funcionario encargado en el orden de los apellidos si en tres días los padres no son capaces de ponerse de acuerdo. Ésta es una de las medidas que ha aprobado la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados.

Un recién nacido sobre un brazo.

Además de esta sorprendente medida, el orden de los apellidos puesto en la primera inscripción de nacimiento será el que quede  para posteriores con misma filiación, incluido el añadir la preposición "de" y las conjunciones "y" o "i" entre los apellidos, en los términos previstos en la ley.

Del mismo modo, cuando se procede a inscribir al niño habrán de constar respecto a los padres: nombre, apellidos, DNI o número de identificación extranjero, lugar y fecha de nacimiento, estado, domicilio y nacionalidad.

Entre otras cosas, se adelanta a los 16 años, -y no a la mayoría de edad, 18, como ahora-, la posibilidad de cambiar  el orden de los apellidos. Por otro lado, podrá inscribirse en un archivo especial, sin efectos jurídicos, los fallecimientos prenatales que se produzcan con posterioridad a los seis meses de gestación. Hasta ahora, el Código Civil preveía que sólo podían inscribirse en el Registro los niños con forma humana que vivieran más de 24 horas.

Igualmente, aunque el Proyecto de Ley establece la desaparición de los libros de familia, se ha pactado conservar como válidos los que hay. "Se prescindirá del Libro de Familia, que pierde sentido dentro del modelo moderno que se ha configurado en la presente Ley, se ha previsto que en cada registro individual conste una hoja o extracto en la que figuren los datos personales de la vida del individuo", tal y como recoge el informe de la ponencia.

Además, en lugar de un número de identificación ciudadana como proponía el Ejecutivo, se ha propuesto que se otorgue a cada niño un número que más adelante será el de su DNI, el denominado "Código Personal". Para ello está prevista la remisión de los datos del nacido, -o del fallecido-, desde los centros sanitarios a través de un documento oficial en el plazo de 24 horas a la Oficina del Registro Civil.

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