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02/05/2024. 22:43:57

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El Gobierno aprueba nuevas medidas en materia de conciliación familiar, desahucios y cargas tributarias

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El Consejo de Ministros de ayer aprobó un Real Decreto-ley que recoge una batería de medidas que serán efectivas durante la segunda mitad del año. Entre otras, afectan a materias como la conciliación de la vida familiar, la prórroga de la suspensión de los desahucios, al tiempo que elimina la prórroga automática y extraordinaria de seis meses de los contratos de alquiler en las mismas condiciones, extiende el IVA al 0% para alimentos básicos hasta finales de año y aprueba nuevas disposiciones sobre fiscalidad de vehículos eléctricos.

En cuanto a las tres medidas en materia de conciliación, se trata de dos permisos retribuidos y uno no retribuido, que entrarán en vigor de manera inmediata, tras la publicación del decreto aprobado este martes en el seno del Gobierno. El primero es un permiso de cuidado de cinco días al año, retribuidos, que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo, tanto de un familiar de hasta segundo grado como de un conviviente, algo nuevo hasta ahora.

El segundo es un permiso «por causa de fuerza mayor» que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta cuatro días al año. Se trata de un permiso novedoso que también estará retribuido y que busca permitir a padres y madres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes.

Por último, se aprueba un tercer permiso parental de 8 semanas, que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años. En este caso, no es retribuido.

En el caso de las familias monoparentales, el progenitor único podrá disfrutar de las ampliaciones completas de suspensión del contrato para el caso de familias con dos personas progenitoras en el supuesto de discapacidad del hijo o hija o en nacimientos múltiples. El nuevo texto también establece garantías para que las personas trabajadoras no puedan sufrir perjuicios como consecuencia del ejercicio de estos nuevos derechos de conciliación. 

Prórroga de la suspensión de los desahucios

El Gobierno ha extendido hasta final de año la suspensión de los desahucios para reforzar el derecho a la vivienda y proteger a los hogares vulnerables en el marco de la extensión de la vigencia del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. En concreto, el Consejo de Ministros ha aprobado ampliar hasta el 31 de diciembre de 2023 la suspensión de los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables.

Sin embargo, no renueva la prórroga automática y extraordinaria de seis meses de los contratos de alquiler en las mismas condiciones. Dicha prórroga finaliza el próximo viernes 30 de junio. La medida permitía que los inquilinos pudieran renovar sus contratos sin sufrir subidas de precios. 

Esta no renovación automática no tiene que ver con el tope del 2% para la revisión de rentas, que se mantiene. De hecho, ese tope del 2 % -que será el 3 % en 2024- está incluido en la Ley de Vivienda, que lleva semanas en vigor. 

Avales para la compra de primera vivienda 

El Real Decreto-ley incluye la aprobación de una línea de avales del 20% dirigida a jóvenes y a familias con menores a su cargo para la cobertura parcial por parte del Estado de los préstamos hipotecarios, por un importe máximo de hasta 2.500 millones de euros.

Los avales están dirigidos a jóvenes de hasta 35 años y familias con menores a su cargo sin límite de edad con ingresos individuales de hasta 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble. Es decir, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno. 

Medidas contra la inflación de los alimentos

Se mantienen las rebajas del IVA del 4 % al 0 % en los productos de primera necesidad (pan, huevo, frutas y verduras) y del 10 % al 5 % en otros productos básicos, como la pasta y los aceites. Estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que la tasa interanual de la inflación subyacente esté por encima del 5,5 %. Si cae por debajo de esa tasa en el mes de septiembre, cuyo dato se conocerá en el mes de octubre, se recuperaría el tipo impositivo habitual de IVA en los alimentos antes referidos en los dos últimos meses previstos para la aplicación de la medida. Es decir, desde el 1 de noviembre. 

Fiscalidad de los vehículos eléctricos

Se prevén dos nuevas deducciones, del 15%, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para la compra de vehículos eléctricos y la instalación de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos. El máximo de la deducción que se podrá aplicar desde el momento de la adquisición del vehículo será de 20.000 euros. 

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