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14/10/2024. 20:36:18
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El Registro Civil se desjudicializa y pasa a los Registradores “con plena capacidad auto-organizativa del Colegio”

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El 46 % de las quejas de todo el sistema de Juzgados y Tribunales tiene que ver con el funcionamiento del Registro Civil.

El Gobierno ha asignado el Registro Civil a los Registradores, según una carta interna de Gonzalo Aguilera, decano de los registradores, al gremio. En ella dice que “al final la decisión del Gobierno ha sido la de asignar el Registro Civil a los Registradores. Esta asignación se hace con plena capacidad auto-organizativa del Colegio de Registradores en aspectos relativos a organización territorial, material y tecnológica del Registro Civil”.

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El concepto del Registro Civil del que parte el Plan estratégico de modernización de la justicia 2009-2012 del Ministerio de Justicia, en su Programa de actuación nº 3, deja al margen la función jurídica que desempeña el Registro Civil en España y la materia trascendental sobre la que recae la función registral.

La actuación, sin embargo, incide directamente sobre Derechos Fundamentales tan relevantes como el derecho a la inscripción de nacimiento, derecho a la identidad, derecho al nombre, derecho a la no discriminación por razón de sexo o filiación, derecho a conocer la filiación biológica, derecho a la intimidad, derecho a contraer matrimonio o el derecho a adquirir una nacionalidad.

En el texto en el que está trabajando el Ministerio figura que el Registro Civil queda en manos de los Registradores, y así se refleja en una carta del Decano de los Registradores, quienes verán de esta forma aumentadas sus funciones tradicionales, pero en principio sin percibir una contraprestación económica por ello. De hecho, el texto prevé que los actos habituales para los que se recurre al Registro Civil, como pueden ser la inscripción de nacimientos y las actas de defunción, seguirán siendo gratuitos para los ciudadanos. Actualmente, estas gestiones suponen aproximadamente el 60% de las realizadas en el Registro Civil y otro 20% corresponde a trámites de nacionalidad.

De todos modos, parece que esto podría cambiar, dado que se dice que los registradores estarían planteando el cobro de unos 30 euros por cada trámite aunque el Ministerio querría establecerlo en 5 euros.

Según expresa el Decano del Colegio de Registradores, "la decisión del Gobierno ha sido la de asignar el Registro Civil a los Registradores. Esta asignación se hace con plena capacidad auto-organizativa del Colegio de Registradores en aspectos relativos a organización territorial, material y tecnológica del Registro Civil". "A tal efecto -sigue- los aspectos relativos a la demarcación registral, ya iniciada, serán reconsiderados, procediéndose a una nueva propuesta por parte de la Dirección General para su aprobación por el Colegio".

La carta especifica que el martes pasado tuvieron "la primera reunión en el Ministerio con el Subsecretario, la Secretaria General Técnica y el Director General para iniciar las conversaciones y negociaciones relativas a todos los aspectos normativos, materiales y organizativos para la asunción de esta nueva competencia".

Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil

La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, publicada el 22 de julio del mismo 2011 aún no ha entrado en vigor. Su Disposición final décima establece que la Ley entrará en vigor a los tres años de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, excepto las disposiciones adicionales séptima y octava y las disposiciones finales tercera y sexta, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación. Éstas se refieren a la puesta a disposición de los datos de identificación personal de nacionales y extranjeros, la Inscripción de defunción de desaparecidos durante la guerra civil y la dictadura, la adquisición de la personalidad, que ha pasado a ser en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno y la adquisición de la nacionalidad española por los nietos de exiliados durante la guerra civil y la dictadura.

La Ley especifica en su Disposición final décima que hasta su entrada en vigor, el Ministerio de Justicia adoptará las medidas y los cambios normativos necesarios que afecten a la organización y funcionamiento de los Registros Civiles dentro del proceso de modernización de la Justicia, y ahí entraría esta novedad de los Registradores.

¿Quiere leer la carta interna del Colegio de Registradores? 

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