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25/04/2024. 18:24:28

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Entra en vigor la Ley de Trabajo Autónomo, pero deja sus aspectos más novedosos para 2018

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Trabajador autónomo

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ya se encuentra en vigor después de haber sido publicada en el BOE del pasado 25 de octubre. Sin embargo, sus principales novedades no adquirirán vigencia hasta 2018.

La norma contiene catorce artículos divididos en ocho Títulos y siete disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y trece finales. Esta Ley introduce cambios de distinta índole: en algunos casos se trata de medidas novedosas reguladas por primera vez; en otros viene a modificar aspectos de la regulación actual de los autónomos en otras disposiciones, como son:

  • Ley General de la Seguridad Social: RDLeg. 8/2015, de 30 octubre (RCL 2015, 1700).
  • Estatuto del trabajo autónomo: Ley 20/2007, de 11 julio (RCL 2007, 1354).
  • Reglamento general de inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos: RD 84/1996, de 26 enero (RCL 1996, 673).
  • Reglamento general sobre cotización y liquidación: RD 2064/1995, de 22 diciembre (RCL 1996, 251).
  • Reglamento general de Recaudación: RD 1415/2004, de 11 junio (RCL 2004, 1453).
  • Ley reguladora de la protección social de las personas trabajadores del sector marítimo-pequero: Ley 47/2015, de 21 octubre (RCL 2015, 1640).
  • Ley del IRPF: Ley 35/2006, de 28 noviembre (RCL 2006, 2123).
  • RD 416/2015, de 29 de mayo sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (RCL 2015, 928).
  • Ley de Infracciones y Sanciones: RDLeg. 5/2000, de 4 agosto (RCL 2000, 1804).

Para dentro de dos meses…

Entre los aspectos de la norma que entrarán en vigor el 1 de enero de 2018, se encuentra la ampliación de seis meses a un año de la tarifa plana para los nuevos autónomos, así como el incremento hasta los 24 meses de las bonificaciones de la citada tarifa, y la reducción a la mitad de los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social.

De igual forma, habrá que esperar al primer día de 2018 para la entrada en vigor de las deducciones por seguros de enfermedad en el IRPF, así como de los gastos corrientes por conceptos como agua, luz, telefonía para la vivienda o electricidad. Para la misma fecha queda pendiente los cambios en las altas y bajas en el RETA  (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

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