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06/11/2024. 20:17:11
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La Ley de Estabilidad Presupuestaria fijará el pago de facturas de la Administración en 30 días y permitirá invertir parte del superávit

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El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, anunció ayer la modificación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y. Sostenibilidad Financiera con dos objetivos: integrar el control de la deuda comercial en el principio de sostenibilidad financiera estableciendo que el período medio de pago no supere el plazo máximo de 30 días fijado por la legislación comunitaria y permitir que las entidades locales saneadas, dentro de la estabilidad presupuestaria, puedan invertir parte del superávit.

Billetes de euro

Beteta ha repasado las tres fases del Plan de Proveedores, que han sumado casi 42.000 millones de euros, y ha asegurado que "hoy, los proveedores, se pueden sentir más seguros en sus relaciones con las administraciones públicas", porque el Gobierno ha puesto en marcha un Plan de Erradicación de la Morosidad con dos vertientes interrelacionadas: el Proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial del Sector Público y el Proyecto de Ley de impulso de la Factura Electrónica y creación del Registro contable de Facturas en el Sector Público que, "en plena conexión, permitirán un absoluto control de las deudas y facturas pendientes de pago".

Por lo que respecta al pago de proveedores, se ha hecho en virtud del despliegue del Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las Administraciones Públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros. El Plan de la erradicación de la Morosidad en el sector público está dentro de las medidas de reforma de las Administraciones Públicas (CORA), entre las que se encuentra la obligación de emitir factura electrónica en el ámbito de las Administraciones Públicas y la creación de un Registro contable de facturas, para que todas las facturas queden bajo el debido control y pago en tiempo y forma.

Se estima que el incremento de liquidez a proveedores derivado de esta fase del mecanismo junto con la financiación directa a proveedores a través de Fondo de Liquidez Autonómico, aumentará el nivel del PIB en 1,5 por ciento el primer año y en 1,9 por ciento el segundo año en relación con los niveles respectivos en ausencia de esta medida.

Paralelamente, los Ayuntamientos han sido informados acerca de una modificación en el artículo 32 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que permitirá que aquellos Ayuntamientos financieramente sostenibles con superávit puedan invertir en sus municipios. Esto posibilitará que aquellos Ayuntamientos que tengan remanente positivo puedan invertir en proyectos de largo plazo, bajo determinadas condiciones, porque han ahorrado y han gestionado bien.

La reforma, prevista en la Ley de Presupuestos para 2013 y que ha sido reiterada ayer por el Secretario de Estado de Administraciones públicas, supone un reconocimiento y un incentivo para la gestión adecuada de las finanzas públicas  locales. Las entidades locales que podrán destinar a inversión el superávit presupuestario serán aquellas que no superen los límites establecidos en materia de autorización de operaciones de endeudamiento y que presenten un remanente de tesorería para gastos generales positivo, entre otras condiciones.

Ley de deuda comercial y Ley de factura electrónica

El Proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial del Sector Público persigue integrar el control de la deuda comercial en el principio de sostenibilidad financiera y obligará a las AAPP a publicar el periodo medio de pago. "Las administraciones deberán tener un plan de tesorería que garantice el cumplimiento del plazo legal de pago, y cuyo incumplimiento desencadenará medidas preventivas, correctivas y coercitivas que suponen, en última instancia, el pago directo al proveedor por la administración mediante retención en los recursos que el Estado provee a las administraciones territoriales", según Beteta.

"Un cambio -ha indicado el secretario de Estado- que tiene como metas controlar y reducir la deuda comercial de las administraciones, evitando la acumulación de retrasos de facturas a los proveedores y suministrar liquidez a las empresas mediante una reducción de los periodos medios de pago"

La superación por una administración de su periodo medio de pago en más de 30 días -ha añadido Beteta- iniciará la puesta en marcha de un sistema progresivo y automático de medidas de prevención y, en su caso, la aplicación de medidas coercitivas hasta garantizar su cumplimiento.

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