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29/03/2024. 05:46:49

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«Lo mejor es la auto-regulación, aunque en ocasiones puede resultar positivo co-regular», afirma la ponente del texto sobre la regulación de los blogs

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El pasado 25 de septiembre, el Parlamento Europeo entró en "un debate abierto sobre todas las cuestiones relacionadas con el estatuto de los weblogs", según un texto sobre el pluralismo de los medios aprobado el 25 de septiembre por el pleno. El borrador de la resolución, de carácter no legislativo, provocó acaloradas reacciones de bloggers de toda Europa, que consideraban que se limitaría su libertad de expresarse en la red. La ponente, Marianne Mikko, ha explicado su punto de vista.

'Lo mejor es la auto-regulación, aunque en ocasiones puede resultar positivo co-regular', afirma la ponente del texto sobre la regulación de los blogs

Conforme al texto aprobado por el Parlamento, del cual informamos en Legal Today , se ve necesario el establecimiento de previsiones legales para poder determinar claramente sobre quién recae la responsabilidad legal en caso de controversia, así como el derecho de réplica de aquellos que se vean perjudicados por determinadas informaciones que se viertan en los blogs.

Los blogs, o bitácoras electrónicas, "constituyen una nueva contribución importante a la libertad de expresión y son utilizados cada vez más tanto por los profesionales de los medios de comunicación como por las personas privadas", según la resolución sobre concentración y pluralismo de los medios de comunicación en la Unión Europea aprobada por la Eurocámara. La ponente del texto, la eurodiputada socialista estonia Manianne Mikko, afirma estar "encantada de que un informe sobre medios incluya a los blogs", porque considera que "son parte de la realidad mediática del siglo XXI".

En su opinión, "las reacciones de los bloggers al borrador prueban que se ha tocado un tema sensible", lo que demuestra "que se trata algo importante". Aunque reconoce que le hubiera gustado "ir un poco más lejos", asegura sentirse satisfecha por la inclusión de los blogs, y por "haber logrado consenso entre todos los grupos políticos" que forman parte del Parlamento Europeo.

En cuanto al "debate abierto" propuesto en la resolución, Mikko explica que "es necesario comunicarse", y se pregunta si "un blog constituye una categoría en sí misma". "Yo creo que el ciberespacio no lo es, sino que forma parte de la vida de las personas", declara, agregando que tiene grandes expectativas puestas en el debate entre "los bloggers, el Parlamento Europeo y la Comisión". Sin embargo, adelanta que desde su punto de vista "lo mejor es la auto-regulación, aunque en ocasiones puede resultar positivo co-regular".

Respecto a la posibilidad de someter a los bloggers a un registro previo, a modo de censo, la voluntariedad resultaría decisiva, ya que de lo contrario colisionaría con la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europea y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior; que en su artículo 4 recoge el principio de no autorización previa: "Los Estados miembros dispondrán que el acceso a la actividad de prestador de servicios de la sociedad de la información no pueda someterse a autorización previa ni a ningún otro requisito con efectos equivalentes".

Regulación española a día de hoy

En España no existe una regulación específica, sino que habría que ceñirse al artículo 20 de la Constitución, y al artículo 30 del Código Penal en cuanto se refiere a "utilización medios o soportes de difusión mecánicos", que puede entenderse medios de comunicación social.

Además, cabría aplicar la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, y la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen.

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