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28/03/2024. 12:15:23

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Nueva propuesta de prórroga hasta el 10 de mayo del estado de alarma

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El Consejo de Ministros acordó ayer solicitar al Congreso de los Diputados su autorización para prorrogar, hasta las 00:00 horas del día 10 de mayo, el estado de alarma decretado el 14 de marzo con el fin de gestionar la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Mª Jesús Montero y Nadia Calviño

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, concretó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la propuesta incluye la petición de que los menores de 14 años puedan acompañar a un adulto, con el que convivan, en los desplazamientos ya contemplados en el estado de alarma, como ir al supermercado, a la farmacia o a las entidades financieras. Sin embargo, solo unas horas después el Ejecutivo tuvo que rectificar. Ante el malestar generado, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, anunció que este próximo fin de semana emitirá una orden para que los menores de 14 años puedan salir a dar paseos "en las condiciones concretas que daremos a conocer próximamente".

Los argumentos que el Gobierno esgrime para justificar esta nueva prórroga son los siguientes:

Durante el periodo de la primera prórroga, los datos proporcionados por la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica pusieron de manifiesto que las medidas aplicadas durante el periodo de vigencia del Estado de Alarma habían conseguido alcanzar gradualmente el objetivo de disminuir la transmisión de la enfermedad y reducir al máximo el riesgo de colapso en las unidades de cuidados intensivos hospitalario.

Sin embargo, en atención a los análisis realizados a partir de esos datos, el Gobierno concluyó que una segunda prórroga del Estado de Alarma contribuiría a reforzar de forma decisiva en todo el territorio nacional la contención de la propagación de la enfermedad para salvar vidas, evitar la saturación de los servicios sanitarios y mantener posibles rebrotes en niveles asumibles por el sistema sanitario. Se estimó que la prórroga constituía una medida indispensable para tratar de garantizar que los pacientes que requerían de hospitalización, ingreso en las UCI o ventilación mecánica no superasen el umbral que impediría proporcionar la adecuada calidad asistencial. El Gobierno solicitó del Congreso de los Diputados autorización para prorrogar por segunda vez el estado de alarma declarado mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020, mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de abril de 2020. El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 9 de abril de 2020, acordó conceder la autorización requerida.

Durante el periodo de la segunda prórroga, los datos proporcionados por la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica indican que se ha conseguido disminuir el número de contagios a fin de situarlos por debajo del umbral que produciría la saturación de las UCI, con su capacidad extendida para hacer frente a la epidemia, al tiempo que se ha fortalecido la capacidad del sistema sanitario para dar respuesta a la misma.

No obstante, se estima imprescindible prorrogar de nuevo el Estado de Alarma declarado inicialmente por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y previamente prorrogado por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo, y 487/2020, de 10 de abril, en los términos del presente acuerdo, hasta las 00:00 horas del día 10 de mayo de 2020, por los motivos que se exponen a continuación.

En primer lugar, criterios epidemiológicos que evidencien, a partir de los indicadores disponibles, que el número de contagios ha disminuido significativamente y se ha estabilizado durante un periodo prolongado.

En segundo lugar, suficiente capacidad asistencial de los sistemas nacionales de salud, valorada a partir de la disponibilidad de camas en unidades de cuidados intensivos y camas de hospital, de productos sanitarios y de los equipos de protección necesarios para combatir la epidemia, de cuidados para grupos vulnerables, de redes de atención primaria, y de personal suficiente para velar por las necesidades sociosanitarias que surjan en el contexto del levantamiento progresivo de las medidas de contención. Se advierte que los sistemas de salud de los Estados miembros deben haber recuperado capacidad suficiente en términos generales, y no sólo en relación con la gestión del brote epidémico de COVID-19.

En tercer y último lugar, capacidad de seguimiento adecuada para detectar y vigilar la propagación del virus, con la detección sistemática de nuevos casos mediante la realización masiva de tests de diagnóstico, combinada con el rastreo de los contactos y la posibilidad de aislar a la población en caso de reaparición y ulterior propagación de la infección.

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