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25/04/2024. 00:47:53

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Una Ley de Extranjería más severa (I)

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La gran reforma de la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social entró en vigor ayer. Desde el año 2000, cuando tuvo su primera redacción, ha experimentado tres reformas, conforme el Estado veía que las previsiones eran superadas por la realidad migratoria que ha ido viviendo España. Esta vez, la modificación tiende, a la vez que a incorporar diversas normas comunitarias, a evitar que -aprovechando espacios que la anterior redacción dejaba- se cometan abusos o incluso se trafique con seres humanos. Colectivos de inmigrantes y asociaciones no se muestran conformes a diversas disposiciones.

Dos agentes de la policía se llevan esposada a una chica

Ayer domingo entró en vigor la gran reforma de la Ley de Extranjería de la que hemos ido hablando los últimos meses. Las novedades a las que los medios de comunicación han dado más relevancia son las relativas a la ampliación a sesenta días como máximo del plazo que un inmigrante puede estar retenido en un centro antes de su expulsión y las restricciones del derecho de reagrupación familiar para las personas mayores de 65 años.

Desde las primeras redacciones del texto de reforma, que ha tenido a modificaciones el Consejo General de la Abogacía Española ha estado pendiente.

Las mejoras que se han introducido a partir del Anteproyecto son las siguientes:

  • Contenido de algunos Derechos Fundamentales como los de asociación, sindicación y huelga hasta que fueron más ajustados al mandato y a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
  • Redacción final del art. 22, que trata del derecho a la asistencia jurídica gratuita, tras las enmiendas introducidas en el Senado. 
  • Regulación de la renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo y los supuestos de modificación de las mismas.
  • Establecimiento de mecanismos protectores en caso de violencia de género, colaboración contra redes organizadas y trata de personas.
  • Reconocimiento de la capacidad de obrar de los menores no acompañados en los procedimientos de repatriación.
  • El papel integrador que deben jugar las Administraciones Públicas, incluidas las autonómicas y las locales.
  • Exigencia de motivación de los visados de estancia y ligeras flexibilizaciones en el régimen de inadmisiones a trámite, y el acceso de las ONG a los centros de internamiento y la creación de un "Juzgado de Vigilancia" para estos centros.

Sin embargo, en opinión de los expertos de extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, "el texto diseñado continúa orientado más al clásico  control de entradas o control de fronteras que a la adopción de   medidas  integradoras". 

Los miembros de la Subcomisión de Extranjería tachan de "desafortunado" que el texto no recoja  de manera adecuada  el fundamental principio de "igualdad y no discriminación", que, en su opinión "debe vertebrar cualquier régimen de extranjería en un Estado de Derecho, respetuoso con los Derechos Humanos de todos".

¿Quiere leer el texto íntegro de la reforma?

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