LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/03/2024. 12:08:51

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Medidas de prevención del contagio de la Covid-19 en despachos de abogados

Abogado en González Cuesta Abogados

Despacho abogados mascarilla

1. Introducción

1.1. Objetivo

El presente artículo pretende aportar unas pautas y ejemplos prácticos para que los despachos de abogados adopten las medidas organizativas y sanitarias para la prevención del contagio de la Covid-19.

1.2. Antecedentes

El 31 de diciembre de 2019, la Comisión Municipal de Salud y Sanidad de Wuhan (provincia de Hubei, China) informó sobre un grupo de 27 casos de neumonía de etiología desconocida. El 7 de enero de 2020, las autoridades chinas identificaron como agente causante del brote un nuevo tipo de virus de la familia Coronaviridae que posteriormente ha sido denominado SARS-CoV-2. El día 11 de marzo de 2020, la OMS declaró la pandemia mundial.

1.3. Aplicación a despachos de abogados

Los despachos de abogados estamos obligados a cumplir con las normas sanitarias, adoptando diferentes medidas para minimizar el riesgo de contagio y garantizar la seguridad y salud de clientes, socios, colaboradores, proveedores y trabajadores.

2. Medidas de prevención del contagio de la Covid-19

Con carácter general, la probabilidad de exposición al coronavirus en un despacho de abogados es baja. Sin embargo, resulta fundamental seguir las recomendaciones generales establecidas por las autoridades sanitarias. Se deben implementar medidas de protección colectiva y facilitar a los abogados y trabajadores equipos de protección individual (EPIs).

Hay que informar y formar a los abogados y trabajadores sobre los riesgos de contagio y propagación del coronavirus y las medidas de prevención y protección adoptadas.

2.1. Protección colectiva

Las medidas de protección colectiva tienen como objetivo ofrecer una protección simultánea a las personas expuestas a un determinado riesgo. Las medidas de protección colectiva se deben anteponer a las individuales.

2.1.1      Teletrabajo

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del trabajo en remoto (teletrabajo) para aquel personal que pueda realizar su actividad laboral a distancia.

2.1.2      Desplazamientos

Siempre que sea posible, se priorizarán las opciones de movilidad que mejor garanticen la distancia interpersonal de 2 metros. Se recomienda el transporte individual.

Caminando por la calle se debe guardar la distancia interpersonal de 2 metros. En caso de precisar desplazamiento en un turismo, se evitará que viaje más de una persona por cada fila de asientos. En transporte público es obligatorio usar una mascarilla higiénica, no médica.

2.1.3      Limpieza

Se procederá a la desinfección periódica de instalaciones y equipos con diluciones de lejía (1:50) recién preparada o desinfectantes con actividad virucida.

Se extremará la limpieza y desinfección en las zonas y superficies de contacto frecuente (manillas y pomos de puertas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, grifos, botones, teclados, ratones, etc.).

Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos con agua y jabón durante 60 segundos.

2.1.4      Higiene

Se recomienda lavarse frecuentemente las manos con gel hidroalcohólico o con agua y jabón durante, al menos, 40 segundos. En todo caso, se evitará tocar los ojos, la nariz o la boca.

Se dispondrá permanentemente, en lugares visibles y de fácil localización, de geles de base alcohólica o soluciones hidroalcohólicas o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos.

Se intensificarán las medidas de aireación y ventilación. Se realizarán tareas de ventilación periódica en las instalaciones durante el tiempo necesario (por espacio mínimo de 10 minutos).

2.1.5      Distancia interpersonal

La disposición de los puestos de trabajo y el resto de condiciones de trabajo existentes garantizarán la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de 2 metros entre personas.

Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros, los trabajadores deberán de utilizar los equipos de protección individual (EPIs).

2.1.6      Atención al público

Se priorizará la atención al público por vía telefónica, correo electrónico o videoconferencia.

En caso de atención presencial, la distancia entre trabajador o abogado y cliente será de al menos 1 metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, y de 2 metros sin estos elementos.

En la medida de lo posible, se evitará el pago en efectivo. Se recomienda el uso de otros medios de pago alternativos.

2.1.7      Síntomas

Si una persona empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad de la Covid‑19 (tos, fiebre, dificultad al respirar, pérdida del gusto u olfato, etc.), se contactará de inmediato con el teléfono teléfono de Atención a la Covid-19 de la Comunidad Autónoma: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/telefonos.htm.

La persona con síntomas se colocará una mascarilla y, en todo caso, deberá abandonar inmediatamente su puesto de trabajo hasta que su situación sea valorada por un profesional sanitario.

2.2. Protección individual

Se debe facilitar a los trabajadores y abogados equipos de protección individual (EPIs):

  • Pantallas faciales de protección.
  • Mascarillas FFP2 – KN95.
  • Mascarillas quirúrgicas.
  • Guantes de nitrilo.
  • Geles hidroalcohólicos.

2.2.1      Mascarillas y guantes

El uso de mascarillas deberá considerarse como una medida complementaria y no como reemplazo de otras medidas preventivas. Las mascarillas y/o guantes de protección deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por otros medios de protección colectiva.

La correcta colocación de las mascarillas y guantes es fundamental para evitar posibles vías de entrada del agente biológico. Las mascarillas y los guantes deben colocarse antes de iniciar cualquier actividad probable de causar exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de la zona de exposición.

2.2.2      Instrucciones sobre el uso de mascarillas

  • Antes de ponerse una mascarilla hay que lavarse bien las manos con agua y jabón o con una solución con base alcohólica.
  • Cubrir la boca y la nariz con la mascarilla y evitar que haya huecos entre la cara y la mascarilla.
  • Evitar tocar la mascarilla con las manos mientras se lleva puesta.
  • Quitarse la mascarilla por la parte de atrás, sin tocar la parte frontal, desecharla en un cubo cerrado y lavarse las manos con agua y jabón o con una solución con base alcohólica.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.