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El TS fija para mayo de 2021 el fin de la condena de Garzón por las escuchas de Gürtell.

El Tribunal Supremo ha fijado finalmente para el 1 de mayo de 2021 la fecha de liquidación de la condena impuesta al exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por los delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales que cometió al ordenar la intervención de conversaciones de los cabecillas de la trama 'Gürtel' con sus abogados en prisión.

Auto Tribunal Supremo num. 20716/2009 25-09-2012

El TS fija para mayo de 2021 el fin de la condena de Garzón por las escuchas de Gürtell

 MARGINAL: PROV2012325481
 TRIBUNAL: Tribunal Supremo, Madrid Sala 2 (Penal) Sección 1
 FECHA: 2012-09-25 10:56
 JURISDICCIÓN: Penal
 PROCEDIMIENTO: Recurso de Casación núm. 20716/2009
 PONENTE: Miguel Colmenero Menéndez de Luarca

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Septiembre de dos mil doce.

Por dada cuenta, del anterior informe del Ministerio Fiscal, únase a la ejecutoria de su razón y se tiene por evacuado el traslado conferido. Y a la vista de los siguientes,

I. HECHOS

PRIMERO Con fecha 11 de Julio pasado, esta Sala dictó Auto en cuya parte dispositiva, dice:

"…. LA SALA ACUERDA : 1º) ESTIMAR el recurso de súplica interpuesto por la representación procesal de DON Carlos Miguel y en consecuencia se revoca el auto de esta Sala de 16 de mayo pasado en lo concerniente al tiempo de inhabilitación. Y, 2º) Practíquese por la Sra. Secretaria Judicial nueva liquidación de condena; verificada la cual, dese traslado al Ministerio Fiscal para informe….." .

SEGUNDO Practicada nueva liquidación de condena de Inhabilitación Especial al penado DON Carlos Miguel , en éste trámite se dio traslado al Ministerio Fiscal, quien no ha promovido impugnación alguna contra dicha liquidación.

TERCERO Es Ponente de la presente resolución el Magistrado de esta Sala Excmo. Sr. Don Miguel Colmenero Menendez de Luarca.

II: RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

UNICO Siendo correcta la liquidación de condena de Inhabilitación Especial practicada y no habiéndose mostrado oposición a la misma, procede su aprobación.

En atención a lo expuesto, procede dictar la siguiente:

III. PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

Se aprueba la liquidación de condena practicada en lo concerniente al tiempo de inhabilitación, que concluirá el 1 de mayo de 2021.

Remítase testimonio de esta resolución al Consejo General del Poder Judicial, a los efectos oportunos.

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