ATC de 12 de enero 2009 (RTC 2009, 1 AUTO) Discriminación por razón de sexo. Reducción de jornada laboral por guarda legal de hijo menor de seis años. Inejecución de sentencia del TC.
El TC considera que la inejecución por los Tribunales ordinarios de sus Sentencias acarrea no sólo la vulneración de la garantía a la ejecución e intangibilidad de sus decisiones, sino también la del derecho fundamental cuyo reconocimiento y restitución habían sido acordados por este Tribunal en el fallo correspondiente.
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Supuesto de hecho
La demandante, que trabajaba como cajera-dependienta en una gran superficie con un contrato fijo en turnos de mañana y tarde rotativos, reclamó judicialmente la negativa a la reducción de su jornada de trabajo, por guarda legal de hijo menor de seis años, al considerar la empresa que la propuesta hecha por la trabajadora no era una reducción sino una modificación de la jornada laboral al excluir varios días de trabajo y suprimir por completo el turno de mañana.
El TC dictó sentencia en la que dictaminó la discriminación por razón de sexo al tratarse de un obstáculo para la compatibilidad de la vida familiar y profesional y devolvió las actuaciones al Juzgado de lo Social núm. 1 de Madrid para que dictara nueva sentencia, que nuevamente desestimó la demanda y absolvió a la empresa. -
Criterio o ratio
decidendi
El TC considera que la inejecución por los Tribunales ordinarios de sus Sentencias acarrea no sólo la vulneración de la garantía a la ejecución e intangibilidad de sus decisiones, sino también la del derecho fundamental cuyo reconocimiento y restitución habían sido acordados por este Tribunal en el fallo correspondiente.
No le corresponde pronunciarse sobre la pretensión de reconocimiento de una indemnización por daños y perjuicios, sustitutoria de la reducción de jornada solicitada, cuyo disfrute ha devenido imposible al haber cumplido el hijo de la demandante la edad máxima prevista en la ley para solicitarla. -
Documentos
relacionados
- Sentencia del TC de 15 de enero de 2007 (RTC 2007, 3).
- Sentencia Juzgado de lo Social núm. 33 de Barcelona (AS 2008, 937) .
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