SAP Madrid, de 16 de enero de 2009 (AC 2009, 222) Concurso (Ley 22/2003, de 9 julio [RCL 2003, 1748])
No procede recurso de apelación contra auto de inadmisión de una reconvención en un incidente concursal; el art. 194.2 LC prevé la apelación directa contra el auto que inadmite a trámite la demanda de incidente concursal, no contra el que inadmite la reconvención.

- Supuesto de hecho
Interposición de recurso de apelación contra auto de inadmisión de una reconvención en un incidente concursal.
- Criterio o ratio decidendi
El art. 194.2 in fine LC (RCL 2003, 1748) sólo prevé la apelación directa contra el auto que inadmite a trámite la demanda de incidente concursal, no contra el que inadmite la reconvención. Diferencia de régimen que se justifica porque la resolución que inadmite a trámite la reconvención, al contrario de lo que sucede con la que inadmite a trámite la demanda, no es una resolución definitiva.
- Documentos relacionados
Véanse estudios doctrinales:
-«Tres años de la Ley Concursal: carencias, experiencias y sugerencias a futuro». Emilio González Bilbao (BIB 2007, 3024).
-«Técnica procesal en la preparación de la apelación civil». José Domingo Monforte (BIB 2005, 1275).
-«Los recursos de reposición y apelación en la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil». José Hoya Coromina; Sofía Anaut Arredondo (BIB 2000, 2014).
-«La Reconvención (I) ». María de los Ángeles Gutiérrez Zarza (BIB 2002, 1409).
-«La Reconvención (II) ». María de los Ángeles Gutiérrez Zarza (BIB 2002, 1714).
Confronta:
JMerc Málaga, núm. 1, auto de 28 noviembre 2006. (AC 2007, 974).