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21/11/2025. 09:35:36
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Distinción entre titularidad del contrato y propiedad del bien adquirido por él

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Incluye la sentencia

Una casita de campo.

SOCIEDAD CONYUGAL DE CONQUISTAS: BIENES DE CONQUISTA: distinción entre titularidad del contrato y propiedad del bien adquirido por él; vivienda adjudicada en 1957 por el Patronato Francisco Franco en amortización a beneficiario casado: otorgamiento de la escritura pública de transmisión de la propiedad en 1977 hallándose casado el beneficiario en segundas nupcias: bien de conquista del primer matrimonio, sin perjuicio de los reembolsos procedentes en favor del segundo: consideración del pago como condición suspensiva de la adquisición con efecto retroactivo a la fecha del contrato y subrogación del bien en el derecho de acceso a la propiedad adquirido por la primera sociedad conyugal. COMPRAVENTA: DOBLE VENTA: inexistencia: contrato de adjudicación de vivienda en amortización o adquisición diferida de la propiedad: la escritura de transmisión de la propiedad al beneficiario bínubo no supone una segunda venta. PRESCRIPCION ADQUISITIVA: USUCAPION ORDINARIA: justa causa: inadecuación del título putativo: insuficiencia de la posesión en concepto de dueño y de la buena fe. SENTENCIA: MOTIVACION: distinto alcance de su exigencia en relación a las pretensiones, cuestiones, alegaciones y argumentaciones formuladas por las partes: INCONGRUENCIA OMISIVA: inexistencia: exhaustividad de la sentencia: respuesta a todas las pretensiones y cuestiones planteadas por las partes. RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL: ALCANCE: no cabe estimar un motivo de recurso cuando de su acogimiento no va a derivarse una modificación del fallo.

Los antecedentes necesarios para el estudio de la Sentencia se relacionan en su primer fundamento de derecho. El TSJ de Navarra declara no haber lugar al recurso de casación y por infracción procesal interpuesto contra la Sentencia dictada el 16-12-2008 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra.

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