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20/04/2024. 01:55:35

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Razones para la especialización en Familia

Secretario del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona

Los procesos de Familia ocupan casi un 18 % del total de los asuntos que se ingresan en el Orden Jurisdiccional Civil

La especialización orgánica de la planta judicial en Familia, Infancia y Capacidad resulta improrrogable

La familia, como organización primaria y más inmediata de la vida en comunidad, evoluciona de manera paralela y simbiótica a como lo hace la sociedad y sus necesidades. Avanza, por tanto, hacia formas más o menos complejas en cuanto a sus orígenes, tipologías y modelos, en los que conceptualmente se podrían clasificar. Así, hemos pasado, en apenas unas pocas décadas, de la primacía de una familia matrimonial o “tradicional”, a otras llamadas “monoparentales”, “reconstituidas” o que surgen tras un proceso de gestación subrogada.

En efecto, partimos de una diversidad de la familia como institución, que debe ampararse ampliamente por parte del ordenamiento jurídico; especialmente cuando se trata de tutelar los intereses de los menores y de las personas que tienen alguna discapacidad. Por volumen, los procesos de Familia ocupan casi un 18 % del total de los asuntos que se ingresan en el Orden Jurisdiccional Civil. Así, de acuerdo con los últimos datos publicados por la sección de estadística del CGPJ (referidos al ejercicio 2021), en la jurisdicción civil se ingresaron un total de 2.587.127 procedimientos, de los cuales 457.481 se correspondían con materias propias del Derecho de Familia, incluyendo procesos para la adopción de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, internamientos y de jurisdicción voluntaria.

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