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28/03/2024. 23:38:13

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Tribunal Supremo: Caixa Bank responde por Bankpime

Lex Consumer

El Pleno del Tribunal Supremo ha declarado que Caixa Bank es responsable de los productos complejos comercializados por Bankpime a su clientela minorista, obligando a la entidad presidida por Jordi Gual a devolver el dinero a los ahorradores que contrataron esta clase de productos.

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La sentencia resuelve un caso en que los demandantes suscribieron con Bankpime sendas órdenes de compra de bonos de General Motors Company con vencimiento en julio de 2013 y un valor nominal de 24.000 euros, por los que pagaron 22.624,80 euros, sin que, en palabras de la Sala, recibieran adecuada información sobre su naturaleza y riesgos.

Hasta ahora Caixa Bank venía defendiéndose de las demandas de los afectados alegando que ella no tenía legitimación pasiva, es decir, que no era responsable, de los productos vendidos por Bankpime, ya que en el contrato de transmisión del negocio bancario firmado por Caixa Bank con Bankpime se incluía una cláusula que excluía de la cesión de contratos «los pasivos contingentes tales como reclamaciones contractuales y extracontractuales presentes o futuras que puedan derivarse de la actividad del Vendedor pasada o futura».

Lo acordado entre Bankpime y Caixa Bank no puede perjudicar al cliente bancario.

Afirma el Tribunal Supremo que esta cláusula carece de eficacia, ya que la interpretación que hace el banco "ha de considerarse fraudulenta", al intentar oponerla frente a terceros ajenos al contrato que celebró con Bankpime, pues posterga los legítimos derechos del cliente bancario a la protección de su posición contractual en un caso de transmisión del negocio bancario como unidad económica. Lo que sostiene Caixa Bank implicaría defraudar los legítimos derechos de los clientes bancarios, al privarles de las acciones que pueden ejercitar con base en los contratos celebrados con el banco del que han pasado a ser clientes en virtud de la transmisión del negocio bancario realizado y que ha asumido la posición contractual del banco cedente.

Dice el Tribunal Supremo que de aceptarse la tesis de Caixa Bank "se llegaría al absurdo" de que, aun cuando la transmisión del negocio bancario fue global, algunas relaciones jurídicas con algunos clientes que pasaron a ser de Caixa Bank retornarían a Bankpime por el solo hecho de resultar conflictivas o inconvenientes para Caixa Bank, y ello en virtud de una cláusula oculta para esos mismos clientes.

Este pronunciamiento supone una magnífica noticia para miles de familias que vieron atrapados sus ahorros en toda clase de productos complejos y de alto riesgo vencidos por Bankpime (en especial bonos Fergo Aisa, participaciones preferentes de Landsbanki y Kaupthing Bank, y bonos de General Motors), y que ahora tienen la vía libre para reclamar la devolución de su dinero a Caixa Bank.

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