Incluye la sentencia
El Juzgado de Primera Instancia n.º 31 de Barcelona ha declarado la nulidad de la cláusula multidivisa inserta en un préstamo hipotecario de una pareja de neurocirujanos y profesores universitarios, clientes de Unive Abogados, condenando a CaixaBank a la devolución de cerca de 220.000 €, más los correspondientes intereses legales. Además, se condena a la entidad al pago de las costas causadas en el procedimiento, de modo que el procedimiento les saldrá gratis.
A pesar de que la entidad financiera afirmaba que los clientes, por sus estudios y profesión, así como por sus continuas conferencias ofrecidas en el extranjero, tenían "capacidad de reembolso, sociales y de entendimiento sobre el funcionamiento del producto ", el juzgador declara que dichas circunstancias "no adveran necesariamente especiales conocimientos financiero-económicos que excluyeran la necesidad de informar", pues una cosa es tener estudios universitarios y viajar o residir en el extranjero, y otra muy distinta que se esté en condiciones de percibir la naturaleza y riesgos de un préstamo en divisas, más concretamente, que la fluctuación también afecta al capital debido y que podían llegar a deber mucho más de lo solicitado.
Por ello, considera el juzgador que CaixaBank incumplió los deberes informativos que le son exigible al no exponerles las posibles variaciones de los tipos de cambio así como no facilitarles información sobre la evolución de la divisa o del Libor, aseverando que "la ausencia de información, el perfil de los contratantes, y la inexistencia de mecanismos de limitación del riesgo, evidencian que, si los prestatarios hubiesen tenido una información precontractual completa del funcionamiento y riesgos que entrañaba la cláusula multidivisa, no habrían contratado el préstamo en moneda extranjera".