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La Comisión Europea investiga a España por posibles infracciones del derecho de asilo

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En plena crisis migratoria, la Comisión Europea mantiene varios procedimientos de investigación contra 18 Estados miembros por posibles infracciones en el marco del llamado Sistema Europeo Común de Asilo. Desde 2006, España habría actuado hasta en 11 ocasiones de forma dudosa en este sentido.

Persona con una maleta al hombro

En un momento en el que se estima que alrededor de 300.000 inmigrantes y refugiados han entrado en Europa desde que empezó el año, la Comisión Europea prevé una acción judicial contra más de una decena de Estados miembros por violar las normas de asilo.

Concretamente, Bruselas investiga en estos momentos a 18 países entre los que se encuentran Bélgica, Bulgaria, Chipre, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Portugal, Eslovenia, España y Suecia.

Esto significa que el organismo de la UE puede llevar a España y a los otros 17 Estados miembros ante el Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo por no aplicar las normas que constituyen el marco del llamado Sistema Europeo Común de Asilo. Dicho Sistema está compuesto por el Reglamento de Dublín, la Directiva 2005/85/CE sobre procedimientos de asilo, la Directiva 2003/9/CE sobre condiciones de acogida y la Directiva 2004/83/CE sobre requisitos.

España, en el ojo del huracán

España es uno de los países bajo la lupa de Bruselas, que entre los años 2006 y 2014, ha abierto un total de 11 investigaciones por posibles infracciones de las leyes de asilo de la UE.

Fecha

Número de infracción

Norma implicada

27/01/2014

2014/0085

Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida.

8/03/2010

2008/0083

Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado.

18/03/2010

2009/0041

Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado.

18/03/2010

2006/0868

Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida.

09/10/2009

2008/0083

Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado.

09/10/2009

2009/0041

Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado.

30/01/2009

2009/0041

Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado.

24/06/2008

2006/0868

Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida.

29/01/2008

2008/0083

Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado.

29/06/2007

2006/0868

Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida.

27/11/2006

2006/0868

Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida.

Fuente: Comisión Europea

Lejos de llegar a su fin, esta situación que en una ocasión ya le ha costado una sentencia en firme (TJUE, C-272/08 del 9 de julio de 2009), podría verse agravada en los próximos meses. Las pesquisas del ejecutivo comunitario continúan y son susceptibles de verse ampliadas, teniendo en cuenta los últimos acontecimientos producidos en la política europea de asilo.

Y es que, en el mes de mayo, la Comisión Europea anunció la puesta en marcha de la Agenda Europea de Inmigración y el "sistema de cuotas" (una fórmula de reparto de inmigrantes y refugiados entre los países miembros).

De acuerdo con este sistema de reparto proporcional, España debería dar acogida a 4.288 solicitantes de asilo (10,72% del total), con el fin de facilitar la recolocación de los 40.000 demandantes en Italia y Grecia.

Paralelamente, el Presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, ha presentado el 9 de septiembre 2015, en su primer discurso sobre el "estado de la Unión" en la sesión plenaria de la Eurocámara en Estrasburgo, la necesidad de acoger en cada Estado miembro una parte de los 120.000 nuevos refugiados durante los dos próximos años. Una distribución según la cual España se convertirá en el tercer país con mayor cuota de refugiados asignados en su territorio (12,4%, 14.931 refugiados), solo por detrás de Alemania (26,2%, 31.443 refugiados) y Francia (26,2%, 31.443).

Esta cuota por país se basa en la redistribución, de acuerdo con el tamaño de la población (40%), el crecimiento económico (40%), la tasa de desempleo (10%) y el esfuerzo previo de acogida realizado por el país (10%).

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