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STS 8/2022, de 12 enero (JUR 2022, 28463) 

Condenado a ocho años de prisión el piloto de una patera por la muerte de un bebé y una mujer

Inés Larráyoz Sola. Professional Content

El acusado se encargó de dirigir y pilotar una patera propulsada a motor en la que trasladó, desde una playa del norte de Marruecos a la costa canaria, a un grupo de treinta personas, de las que al menos diecisiete (once mujeres, tres hombres y tres niñas de corta edad), eran de origen subsahariano, siendo el resto de viajeros de origen magrebí.  

El viaje no tenía carácter humanitario y se organizó de manera clandestina con el fin de eludir el cumplimiento de las normas administrativas vigentes y demás formalidades relativas al acceso de personas extranjeras a territorio español. El precio del pasaje de cada ocupante rondaba los 1.000 euros. 

El acusado fue el encargado de patronear la patera desde su salida hasta su llegada (cinco días después) a la costa canaria. Poco antes de alcanzar la costa, realizó una maniobra de aproximación a la tierra arriesgada y precipitada, que provocó la colisión de la patera con una roca y la caída de algunas personas al mar. Como consecuencia de ello, perdieron la vida, al menos, dos de ellas: una mujer de mediana edad y una niña de un año.  

La patera era de cortas dimensiones, frágil, inestable y totalmente inapropiada para una travesía de varios días y para el transporte de 30 personas. No se disponía de víveres ni de bebidas para poder atender las necesidades de todos ellos.  

La Sala II del Tribunal Supremo confirma la condena al acusado como autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y de dos delitos de homicidio imprudente en concurso ideal, a la pena de 8 años de prisión. Se trata de la pena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Gran Canaria y en primera instancia por la Audiencia Provincial. También deberá pagar el acusado una indemnización a familiares de las dos víctimas mortales por un total de 165.000 euros.  

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