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23/04/2024. 11:03:43

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Refuerza protección a menores y víctimas violencia de género

El Congreso envía al Senado la reforma del Código Penal que castiga la zoofilia y eleva a 16 el consentimiento sexual

EP

El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado vía libre –con los votos del PP, UPN y la abstención de Foro de Asturias– a la 28 reforma del Código Penal que, a su paso por la Cámara Baja, ha endurecido las penas por maltrato, abandono y, por primera vez, por explotación sexual de animales en España. Este proyecto de ley también eleva de 13 a 16 la edad de consentimiento sexual, tipifica como delito el matrimonio forzado, o castiga «con más vehemencia» la pornografía infantil, entre otras medidas.

Fachada del Congreso de los Diputados.

Al tratarse de una ley de rango orgánico debía pasar por el Pleno del Congreso, tras debatirse la semana pasada en la Comisión de Justicia. Inició su tramitación en el Congreso en septiembre de 2013, cuando aún Alberto Ruíz-Gallardón era ministro de Justicia.

   Según ha defendido el PP, en esta reforma se refuerza la protección a las víctimas de violencia de género, a los menores de edad en el ámbito de la lucha contra el acoso sexual a través de Internet, a las personas con discapacidad, o se castiga con "más vehemencia" la trata de personas.

   Así, se castigan los actos de adquisición, producción y difusión de pornografía infantil, e incluso la asistencia a sabiendas a espectáculos exhibicionistas o pornográficos en los que participen menores de edad o personas con discapacidad. Se incluye también un nuevo apartado para sancionar a quien acceda a sabiendas a este tipo de pornografía por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

   Se tipifican nuevos delitos de matrimonio forzado, hostigamiento o acecho, divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas obtenidas con la anuencia de la persona afectada, y manipulación del funcionamiento de los dispositivos de control utilizados para vigilar el cumplimiento de penas y medidas cautelares o de seguridad en materia de violencia de género.

   Además, se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de 12 a 24 meses a quien se lucre de la prostitución ejercida por una persona, aún con el consentimiento de la misma.

    Atendiendo a recomendaciones de la ONU, esta reforma del Código Penal reconduce a la vía civil el tratamiento de la esterilización de las personas con discapacidad que carezcan de aptitud para dar su consentimiento, de forma que se despenaliza y se realizará bajo autorización judicial y en un proceso con las máximas garantías.

   En materia de tráfico, la reforma contempla que aquellas faltas que eran consideradas leves pasarán a tener una tramitación de carácter administrativo, al tiempo que las faltas hasta ahora graves seguirán siendo delictivas. Desde las asociaciones de víctimas de tráfico se ha denunciado que, a partir de este cambio, se tendrán que pagar tasas e impuestos y serían necesarios los peritos de parte, lo que en la práctica supondrá "una situación que roza la desigualdad", así como una "desprotección para las víctimas".

   Por otro lado, desde el PP han subrayado que se trata de una reforma que impedirá que el que preste ayuda humanitaria a un inmigrante ilegal pueda ir a la cárcel y que mejora la regulación del delito de trata de personas, que "igualmente precisaba de una mayor firmeza penal".

Se endurecen las penas para quien cometa un incedio

   En lo referente a incendios, esta reforma contempla un endurecimiento de las penas para los autores de aquellos fuegos que se consideren especialmente graves. La pena prevista hasta ahora era de tres a cinco años y de esta forma se elevará hasta los seis.

   Además, cuando los incendios afecten a espacios naturales protegidos se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medio ambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior en grado, que en este caso supone nueve años de prisión. Se modifica también la Ley del Jurado para que estos delitos pasen a ser competencias de tribunales integrados por jueces profesionales.

 Abandono, maltrato y explotación sexual animal

   La Asociación de Parlamentarios en Defensa de los Animales (APDDA) calificó de "avance histórico" este endurecimiento de penas en el Código Penal en materia de maltrato animal y zoofilia. Precisamente, expertos en la materia habían solicitado su tipificación en el Código Penal, entre otros puntos, por sus vínculos con el abuso sexual a menores.

   En concreto, los cambios introducidos en el Congreso que hoy se envían al Senado, amplían las categorías de los animales objeto de protección penal, añadiendo a los ya animales domésticos y amansados, a los animales habitualmente domesticados, los que viven bajo el control humano y los que no vivan en estado salvaje.

   A su vez, se añade una nueva conducta delictiva al tipo general consistente en la explotación sexual de los animales, con independencia de que se causen lesiones que menoscaben gravemente su salud o la muerte del animal.

   Aunque no se incrementen sustancialmente las penas, la pena de prisión por maltrato animal pasa de tres meses a "tres meses y un día", con lo que el delito cambia de categoría, pasando de 'leve' a 'menos grave', lo que conllevaría la intervención de la Fiscalía.

   Igualmente, se aumentan las penas cuando concurran algunas circunstancias agravantes como la utilización de armas u objetos peligrosas para la vida del animal o la conducta se produzca con ensañamiento, por ejemplo.

   Respecto al abandono de animales, se incrementa la pena de multa y se añade la inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales. Se incorpora también la inhabilitación de hasta tres años de los autores del delito para la tenencia de animales, de profesión, oficio o comercio.

   Si se ocasionara la muerte, la pena ascenderá de seis meses hasta año y medio de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años. Además, se perseguirá por primera vez el maltrato animal en espectáculos no autorizados legalmente. "Lo que incorpora las peleas de gallos y perros, u otro tipo de actuaciones ilegales donde manifiestamente se maltrata animales", según indicó el portavoz adjunto del PP en la materia, Leopoldo Barreda.

   Eso sí, el diputado de ERC, Joan Tardà, denunció en comisión que el hecho de que se persiguiera por primera vez el maltrato animal en espectáculos no autorizados legalmente no implicaba un castigo directo a sus organizadores.

   Finalmente, y aunque el proyecto de ley que se envía al Senado fija en 16 la edad de consentimiento sexual, se mantiene abierta la revisión de esta edad a su trámite por la Cámara Alta. Se baraja fijarla en los 15, según confirmaron a Europa Press en fuentes parlamentarias. El Código Civil español sitúa en los 14 años la edad mínima para casarse y, previa autorización judicial, por lo que, según han denunciado desde la oposición, tendría lugar una "incoherencia". En caso de introducir mejoras, el texto volverá al examen del Congreso.

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