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16/04/2024. 14:32:12

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Las nuevas escamas de la justicia

Abogado
Detective privado no ejerciente
Doctorando en Derecho penal
Diplomado Superior en Criminología
Master en Mediación

Para el Derecho romano la justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho. ¡Cuánto sabían esos jurisconsultos romanos!

Imagen de la justicia

La Biblia dice: "No hay justo ni aún uno" ( Romanos 3:10). El pecado y el delito han estado unidos hasta la época de la modernización, entonces el derecho penal pretendía curar el alma, aquélla Santa Inquisición , implacable Tribunal. Sobre ello disertó  el insigne jurista D. Francisco Tomás y Valiente en unas jornadas sobre derecho y moral.

 Desde aquélla justicia privada de  la Ley del Talion, "ese el ojo por ojo, diente por diente "  que aún se sigue aplicando en algunos países, desde aquella justicia eminentemente retributiva, se ha ido evolucionando bajo los principios en los que se asienta hoy  el derecho penal, el fin era hacer  justicia. Desde el castigo  se persigue algo más.

Reseñaba el profesor Pablo Galain Palermo que "el código penal es el catálogo en el que se reúnen los fracasos de una sociedad, aquello que ésta no ha podido resolver de otra forma… " ( 1).

Desde los años 90 se viene hablando de la necesidad de reformular las relaciones entre la víctima y el delincuente, se habla de la permanente crisis del derecho penal, y en su solución ya habla Roxin de  la "Tercera Vía"(2), ni venganza, ni retribución.   Es un hecho reconocido que el derecho penal tradicional punitivo, sancionador, ha fracasado en la reconstrucción de la paz social. Las sucesivas reformas del texto punitivo evidencian que los errores no se corrigen con continuas  reformas del código penal.

Nos hemos percatado que hay que cambiar el paradigma. La Justicia debe seguir su camino de evolución, se muda la piel una vez más. Si el derecho penal y la criminología ponían todo el foco de atención en el delito y en el delincuente, se desechaba prácticamente a la víctima, que solo importa en cuanto pieza probatoria para la condena del infractor.  Esta política criminal está cambiando, el protagonismo se dirige también a la víctima.  Desde esa visión de hacer justicia con la retribución, con el castigo, se transforma hacia  una justicia restaurativa, reparativa, la víctima es  ahora esa pieza fundamental.

La víctima va a necesitar del victimario en cuanto necesitará ser atendida, ser objeto de reparación, comprensión, la restauración del hecho infractor necesitará la actuación de ambos sujetos participantes : víctima y su victimario.

El Estado, sin dejación de funciones garantistas, cede un poco su posición dominante y de actor principal, en favor del perjudicado del hecho delictivo. La víctima tiene que tener un protagonismo en su sufrimiento.

Pasamos de la neutralización de la víctima a su participación activa, sin llegar de nuevo a una justicia privada, la víctima habla y su opinión cuenta.

 Con este cambio de paradigma se entiende que el derecho penal dejará su permanente crisis de identidad, afrontar de una vez por todas, una nueva política legislativa criminal, hacia el camino de la prevención, restauración,  reeducación real, caso por caso. Desde este punto de vista, la sociedad deberá estar preparada para entender este nuevo sistema penal, la convivencia  y la paz social deben basarse en una nueva concepción del derecho penal, hacia un Derecho Penal Reparativo.

Los medios de que se vale esta nueva concepción de justicia, fundamentalmente es por  la MEDIACION PENAL, se tiene que ir imponiendo este método de tratamiento del delito, de su víctima y de su victimario.

La pena, sobre todo la privativa de libertad, estigmatiza, no resocializa, ni reeduca, al contrario, consolida la delincuencia, la reitera, puede crear un sentimiento de rechazo social, de socialización negativa, y en muchos casos, ni siquiera repara, ni  es su principal preocupación.

La Justicia, nuestra justicia,  tiende hacia la Justicia Restaurativa, es la gran esperanza del derecho penal. Un importante paso, la aprobación del anteproyecto del Estatuto de la Victima,  con referencia en la Decisión Marco 2001/220/JAI del Consejo de 15 de marzo de 2001,  y en otras Recomendaciones de la Unión Europea, que  reconocen los derechos de las victimas en el proceso penal y en el proyectado  nuevo Código Procesal penal, que prevé la aplicación de la mediación penal en delitos.

Hoy mas que nunca se habla de pacificación y de mediación, y sobre todo en un tema muy sensible, el reconocimiento del mal propio, el arrepentimiento sincero y el perdón de la víctima (3).

No podemos pedir tanto, pero sí sabemos que ese camino que ahora ha emprendido  nuestra justicia es un camino que nos gusta.

Nos gustan  las nuevas escamas de la justicia  con lo que seguimos  avanzando hacia una sociedad mas  Justa.

(1)Pablo Galain Palermo ¿La reparación del daño como Tercera Vía "Punitiva? Especial consideración a la posición de Claus Roxin.

(2)Zulita Fellini.-La Tercera Vía como método alternativo de resolución de conflictos( Revista La Trama).

(3) Los ojos del otro. Encuentros restaurativos entre víctimas y ex miembros de Eta. Coordinadora Esther Pascual Rodríguez

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