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07/05/2024. 17:01:13

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Ordenanza sobre antenas de telefonía, radio y televisión del Municipio de Sedaví (Valencia)

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Incluye la sentencia

Un teléfono fijo.

ADMINISTRACION LOCAL: Municipios: Ayuntamientos: Ordenanzas Municipales: instalaciones de radiocomunicación: ordenación de: alcance y límites de las competencias municipales: examen: supuestos concretos: sobre la posibilidad de que los Municipios puedan establecer límites de exposición electromagnética para la protección de la salud de las personas, inferiores a los establecidos en la normativa estatal; sobre la posibilidad de que los Ayuntamientos puedan contemplar exigencias y requisitos para realizar las instalaciones: cláusula de progreso; sobre la posibilidad de utilizar en las disposiciones reglamentarias conceptos jurídicos indeterminados, con el límite de que su concreción sea factible en virtud de criterios lógicos, técnicos o de experiencia. COMUNIDAD VALENCIANA: Administración Local: Ordenanza municipal sobre antenas de telefonía, radio y televisión del Municipio de Sedaví (Valencia) publicada mediante Edicto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Sedaví de fecha 4-10-2002 en el BOP de Valencia número 249 de fecha 19-10-2002.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana dictó sentencia de fecha 13-10-2006 estimando en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la entidad Retevisión Móvil S.A. contra la Ordenanza municipal sobre antenas de telefonía. radio y televisión del Municipio de Sedaví (Valencia) publicada mediante Edicto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Sedaví de fecha 4 de octubre de 2002 en el BOP de Valencia número 249 de fecha 19 de octubre de 2002; declarando contrario a Derecho y, en consecuencia, anulando y dejando sin efecto los artículos 5, 7, 8, 9 y Anexo 6 de dicha Ordenanza en cuanto exige y establece un procedimiento para la obtención de licencia de actividad en materia de telefonía móvil, así como su artículo 14. Interpuesto recurso de casación por FRANCE TELECOM ESPAÑA, S.A., antes RETEVISIÓN MÓVIL, S.A., el TS dicta sentencia de fecha 15-06-2010 desestimando el mismo.

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