Los cambios establecidos en la nueva reforma laboral tocan varios aspectos del Estatuto de los Trabajadores. En lo que respecta a la indemnización por despido, nada cambia de forma notoria. ¿Cómo es la situación del trabajador víctima de despido? Se mantienen vigentes los plazos y sistema de cálculos que disponía la normativa de febrero de 2012.
¿Cómo se regulan las indemnizaciones por despidos procedentes en la nueva reforma laboral?
En caso de despidos por causa justificada, despidos procedentes, la nueva reforma laboral no introdujo cambios en las indemnizaciones. ¿Qué indemnización corresponde al trabajador por un despido procedente? Recibirá el salario de 20 días por año trabajado.
El máximo es 12 mensualidades, a las que se agregan el finiquito y la prestación por desempleo. En la nueva reforma, igual que en la anterior, el trabajador que sea despedido por alguna de estas causas debe recibir un preaviso con antelación de 15 días.
La empresa deberá demostrar ante el juez que el despido del trabajador es una necesidad ocasionada por las pérdidas económicas, caída de ventas u otros ingresos, por razones organizativas, técnicas o de producción.
¿Corresponde indemnización en caso de despido disciplinario? Existe otro tipo de despido procedente que es el despido disciplinario. En este caso, el trabajador es desvinculado de la empresa por un comportamiento grave. No requiere preaviso. El trabajador que es despedido por esta causa no tiene derecho a indemnización. Para la reclamación de sus derechos, lo mejor es que recurra a los servicios de un abogado especializado en despidos.
¿Qué pasa con los despidos improcedentes en la nueva normativa?
Tampoco hay cambios en la indemnización por despido improcedente, es decir, que la nueva reforma laboral mantuvo las condiciones dispuestas en 2012.
¿Qué indemnización recibe un trabajador víctima de un despido improcedente?
- Si el contrato es posterior a febrero de 2012 (fecha de la legislación anterior), tiene derecho a 33 días de salario por año trabajado.
- Y si el contrato es anterior a febrero de 2012, el trabajador tiene derecho a 45 días por año trabajado, pues lo regula la normativa anterior al 2012.
Durante el período de discusión acerca de la nueva reforma laboral, los legisladores mostraron dos posturas bien diferentes. Algunos consideraban que la reforma anterior a la actual, de febrero de 2012, había perjudicado a los trabajadores, pues reducía los salarios a cobrar en caso de despido.
Proponían aprovechar la nueva reforma para volver a los términos de la normativa anterior al 2012. Pero finalmente, esta postura fue minoritaria. Esta es la razón por la que se mantuvieron las condiciones establecidas en la reforma de 2012 para las indemnizaciones por despido.
¿Qué ocurre con los salarios suspendidos durante la tramitación de declaración de improcedencia?
Un trabajador que considera que su despido es improcedente, puede iniciar la demanda legal. Mientras dura la tramitación en los Tribunales, no percibe salario, ya que a nivel de empresa, fue despedido.
¿Qué dispone la nueva reforma laboral con respecto a los salarios adeudados en caso de que el juez resuelva a favor de la empresa y niegue la condición de improcedente? La nueva reglamentación mantiene las condiciones dispuestas en la anterior normativa. La empresa puede negociar una indemnización a la baja, es decir, que el trabajador puede no recuperar esos salarios perdidos por un despido que no era justificado.
Esto es lo que ocurre en términos generales en situación de despido. Sin embargo, la nueva reforma laboral introduce cambios que en cierto modo mejoran la situación de algunos trabajadores y que, indirectamente, impactan en la indemnización en caso de despido.
Los cambios más importantes en la nueva reforma laboral
El foco de la reforma está puesto en reducir el empleo temporal, que es exigencia de la Comisión Europea para recibir apoyo económico de la Comunidad.
Uno de los cambios que más favorece a los trabajadores es la priorización del contrato indefinido. Para ello, se limita a 18 meses el período para encadenar contratos, por lo que, transcurrido ese período el contrato pasará a ser indefinido.
El contrato indefinido, eje de la nueva reforma, modifica los vínculos contractuales de la empresa con el trabajador. No queda atado con sucesivos contratos que tienen vencimiento, sino que el trabajador se integra a la plantilla regular después de esos 18 meses.
De acuerdo con la nueva norma, la empresa deberá especificar la causa de contratación temporal, que solo podrá ser para sustituir trabajadores por tiempo limitado o por circunstancias de producción. La intención es que las personas se incorporen a las empresas con un contrato indefinido fijo o fijo -discontinuo
¿Qué impacto tiene esta disposición de contratos infinitos discontinuos en la indemnización por despido?
La nueva normativa eleva las compensaciones a las que los trabajadores con contrato indefinido de carácter discontinuo tienen derecho. Para el cálculo de su antigüedad se tomará en cuenta toda su trayectoria laboral, y no el tiempo de servicios defectivamente prestados.
Esta condición es importante especialmente para trabajadores estacionales, como los del área de turismo y hostelería, por ejemplo. En las estimaciones de antigüedad, las empresas tomarán en cuenta un tiempo mucho más amplio, aunque el trabajador no haya prestado servicio alguno. El trabajador recibirá una indemnización equivalente a la de cualquier trabajador indefinido.
Otras modificaciones importantes que impactan en las indemnizaciones por despido
La nueva reforma también introduce modificaciones en el régimen de salarios. Se establece que no podrán estar por debajo de lo que estipula el convenio del sector de actividad en cuestión.
Por otra parte, desaparecen los contratos de obra por servicio, que eran una herramienta muy utilizada por las empresas para evitar los contratos infinitos.
Otra conquista de los trabajadores es la “ultraactividad”, que es indefinida. Esto implica que cuando un convenio colectivo alcanza su fecha de vencimiento, no decae hasta que exista un nuevo acuerdo. Por lo tanto, se mantienen los derechos laborales de los trabajadores.
La nueva reforma establece mayores sanciones para las empresas que cometan infracciones. Las multas pueden llegar hasta los 10.000 euros y se aplican a cada trabajador afectado y no en conjunto, como ocurría en la norma anterior.