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22/04/2025. 07:35:34
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¿IA confiable? Importancia del derecho

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(www.juridia.co)

  • Los derechos y deberes definen como hacer IA de una forma confiable, de ahí la importancia de conocerlos y aplicarlos

Existe la preocupación por lograr una inteligencia artificial: la IA confiable (trustworthy AI). Incluso, una IA responsable (responsible AI). En general, por aclarar, la “ética de la IA” (AI ethics). Esto no se necesita. El ser humano es quien debe ser responsable, por ejemplo, en relación con la IA. Cuando el ser humano cumple con el derecho, con lo definido en el derecho, es decir, cuando aplica los derechos y deberes (según como le apliquen en cada situación vinculada con la forma de los derechos y deberes) existe validez, haciéndose que exista la confianza diligente al basarse en lo bueno, lo cual se presenta cuando se aplica la ética definida mediante el derecho, la forma del bien que existe cuando se aplican los derechos y deberes. La aplicación de los derechos y deberes existe cuando cada quien los aplica en cada situación ligada con el deber ser jurídico, es decir, con el deber ser establecido a través de lo comunicado en el todo del derecho.

Lo que debemos hacer es ocuparnos de los derechos y deberes, aplicarlos según cómo sus características existan frente a cada quien en cada relación entre seres humanos donde se deban cumplir las condiciones de los derechos y deberes. No desconocer el derecho y pretender generar una ética para la IA por fuera de la forma del bien relacionada con la capacidad humana. Conozcámos y apliquemos los derechos y deberes. Por ejemplo, ante la IA. Esa es la manera de crear y, en general, generar que la IA exista de una forma válida (armónica con las características de los derechos y deberes) porque se idea, diseña, desarrolla, produce e interactúa en relación con este producto, una vez creado, con una forma diligente. Desde la imaginación sobre IA hasta su concreción, operación, administración, uso y control externo. El problema no son las implicaciones negativas que comporta la IA, sino la complejidad que se presenta cuando se desconocen e inaplican los derechos y deberes a la medida de la IA con base en los hechos de cada relación jurídica donde vaya a existir, exista o estén presentes ambos momentos.

De hecho, no requerimos de normas sobre IA. Se necesita del derecho, de los derechos y deberes, de la forma del bien, en relación a la IA. Por supuesto, esto se conoce cuando desde lo abstracto se tienen claros los derechos y deberes y ello se concreta en cada caso. Porque si todo depende exclusivamente de lo específico no se conoce la forma de los derechos y deberes. Otra cosa es que existan indicadores del cumplimiento del derecho, que son las características de los derechos y deberes (así se sabe cuándo se atienden o desatienden, aclarándose la coincidencia o brecha del ser, por ejemplo, de la IA -que es un ser con la forma de objeto no de sujeto y solo el sujeto humano es quien tiene derechos y deberes- con el deber ser, por ende, jurídico). Solo excepcionalmente es efectivo crear normas exclusivamente sobre IA cuando es algo que aclara el derecho, los elementos de los derechos y deberes de cara a las particularidades de la IA, y esto solo existe cuando los criterios generales de los derechos y deberes no sean suficientes, esto no es algo común.

Entonces, ¿existe la IA confiable? ¡No! Existe el ser humano confiable, diligente, responsable, bueno, viabilizador, cumplidor del derecho. El ser humano que siendo imperfecto es perfectible (mejora su poder de hacer el bien) y emplea su capacidad, emocional y racional positiva para hacer que la IA vaya existiendo con armonía jurídica, de una forma válida, porque crea la IA e interactúa con ella cumpliendo con el derecho. Así, por ejemplo, gestiona diligentemente el riesgo, logra que exista de una forma transparente, válida (satisfaciendo la “explicabilidad de la IA”) y, en general, la gobierna de una manera efectiva. Lo efectivo es lo que existe en el corto, mediano y largo plazo, lo que soluciona; por tanto, se mantiene, es bondadoso, diligente, es decir, es lo bueno, lo malo colapsa. Presenta sus consecuencias (problemas inválidos) en algún momento. Lo contundente es el bien porque es la manera de solucionar los problemas válidos, es decir, los problemas que se deben resolver para lograr aplicar los derechos y deberes, no los problemas causados por la inaplicación de los derechos y deberes (incumplimiento del derecho; culpa, jurídica). Por eso una IA para la guerra no es algo bueno, aunque se piense que domina al enemigo es algo que afecta a todos los involucrados, por consiguiente, la paz.

Con esta sensibilización queda clara la importancia del derecho, de la inteligencia, del bien. Lo podemos obtener, lo debemos hacer. El derecho se debe cumplir. Lo definido mediante él. Debemos aplicar los derechos y deberes, hacer el bien, hacer que la IA exista bien, de una forma buena; válida. Seamos diligentes según cada situación. La estrategia válida es cualquier forma con la cual se logren aplicar los derechos y deberes, sus criterios, cualquier dinámica para atender los indicadores del cumplimiento del derecho. El derecho es uno, solo es uno. Los derechos y, por ende, deberes son unos; solo son unos. Por ejemplo, la libertad (jurídica, válida, buena; diligente, viable; para todos) es una. Una cultura evoluciona el derecho cuando simplifica la forma de gozar los derechos y cumplir los deberes, es decir, cuando aclara la forma de los derechos y deberes, cada vez que haya un nuevo elemento de su forma. Esa es una norma nueva, algo que aclara algo de los derechos y deberes; del bien. Por eso, por ejemplo, el desarrollo de las características de la libertad permite derivar sus condiciones, tales como el tratamiento válido de datos, personales y no personales, lo referente a la privacidad y publicidad (la forma de lo privado y público) necesaria para la existencia del bien, es decir, que deba existir para que puedan ejercerse los derechos y deberes, lo enfocado en el manejo diligente de los sesgos, la prevención de alucinaciones culpables (bajo una calidad válida de la IA) o la claridad de la autoría en cuanto a la creatividad, incluida la innovación, vinculada con la existencia de esta forma de tecnología.

La IA es un objeto. Debemos hacerlo bien, actuar bien frente a ello. No se conoce a lo bueno dimensionando el derecho como unas normas sobre temas específicos, es decir, pretendiendo parcializar, dividir, anular, hacer inefectivo, reducir, desconocer, el derecho o considernado que lo contrario a los derechos y deberes es una norma (algo vinculante, válido) sino como la norma creada por el resultado de la unión de las normas; el derecho es la forma de los derechos y deberes. Esta es la razón por la que la complejidad no se supera con confusiones, arbitrariedades, antipatías, sino comprendiendo y aplicando el derecho (como un todo). Por ejemplo, la autoría no se define porque mediante algo se indique absolutamente que una creación pertenece a “x” o “y”, sino de acuerdo con la forma en la que los derechos y deberes procedan (apliquen) en cada caso vinculado con ello. Lo mismo ocurre con la definición de si algo es digno o indigno, la dimensión que debe tener algo para ser una prueba, la forma para saber si un elemento es una parte del derecho o un ser, sujeto u objeto, antijurídico, para resolver conflictos, para entender cómo se debe entrenar, por lo tanto, diligentemente, una IA o para aclarar la forma de la sostenibilidad válida, del liderazgo efectivo, del rendimiento eficiente, de la optimización humanizada válidamente, de la gestión eficaz y, propiamente, de lo bueno. Hagamos que el mundo, enlazado con la humanidad, se beneficie de ello. No nos ligamos al derecho exclusivamente por un mandato sino por necesidad, supervivencia, evolución, bienestar, inteligencia, amor (bondadoso, diligente; pleno), realización (para todos).

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